Si nos paramos a pensar en cualquier festivo, ya fuese nacional, autonómico o local, cuando caía en sábado no era obligatorio para las empresas conceder un día de descanso adicional. Es decir, en muchos casos los trabajadores no recibían compensación si el festivo coincidía con su descanso semanal o, por el contrario, les tocaba trabajar ese día según su calendario laboral.
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Desde la Federación de Enseñanza de Comisiones Obreras señalan que "si ambos coinciden, ya sean sábado o festivo, la persona vería mermado su derecho total de descanso anual".
Esta medida afecta especialmente a los trabajadores con horarios habituales de lunes a viernes, para quienes los festivos que caen en sábado solían perderse. No obstante, también alcanza a quienes tienen turnos rotativos de lunes a domingo, garantizando que ningún festivo se pierda por coincidir con su día de descanso semanal.
Tribunal Supremo y sentencias
Diversas sentencias del Tribunal Supremo han puesto este asunto en el punto de mira y han propiciado un cambio de criterio. Entre ellas destacan la sentencia 887/2024, la sentencia 372/2025 y otras resoluciones dictadas en enero y febrero de 2026.
La base jurídica de estas decisiones es que el derecho a los 14 festivos anuales es independiente del descanso semanal, tal y como establece el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Esto significa que los festivos son días retribuidos que el trabajador tiene derecho a disfrutar sin tener que recuperarlos posteriormente. Por ello, no deberían coincidir con el descanso semanal sin que exista algún tipo de compensación.
Además, cabe señalar que todos los trabajadores tienen derecho al mismo número de días de descanso al año, con independencia de su turno o de su jornada laboral.
Cómo se compensa
En la práctica, esto significa que si un festivo coincide con el día de descanso del trabajador, como puede ocurrir cuando cae en sábado, la empresa deberá conceder otro día libre como compensación. En algunos casos, esta compensación también puede estar regulada en el convenio colectivo o en el calendario laboral de la empresa, donde se establece cómo se distribuyen los descansos o cómo se retribuyen los días trabajados en fin de semana.
Desde la Federación de Enseñanza de CCOO recuerdan que garantizar el disfrute de todos los festivos y descansos semanales puede afectar a la organización del calendario laboral, pero no modifica el número total de horas que se deben trabajar a lo largo del año.
Qué implicará para las empresas
Desde la asesoría Dades i Serveis señalan que esta interpretación busca evitar agravios comparativos entre trabajadores de una misma empresa que realizan funciones similares, pero cuentan con calendarios laborales distintos. No obstante, recuerdan que la aplicación concreta de estas compensaciones dependerá en gran medida de lo que establezcan los convenios colectivos de cada sector.
En este sentido, apuntan que las empresas deberán adaptar sus calendarios laborales y sus políticas de vacaciones para garantizar que los trabajadores reciban la compensación correspondiente cuando un festivo coincida con su día de descanso.
