Noticias

Ayudas para pagar el abono transporte en Madrid: requisitos y cómo solicitarlas

El ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso busca aliviar el coste del transporte a desempleados en formación para que la falta de recursos no suponga un freno.

Ayudas para pagar el abono transporte en Madrid: requisitos y cómo solicitarlas

Vivir en la Comunidad de Madrid se ha encarecido en los últimos años y, para muchas personas desempleadas, el gasto fijo del transporte público es un coste difícil de asumir, pese a que el Abono Transporte, no cuenta con un precio excesivo.

En este contexto, el Gobierno regional ha activado una línea de ayudas para financiar los desplazamientos de quienes se encuentran desempleados, inscritos como demandantes y en búsqueda activa de empleo. El objetivo es que el coste del transporte no sea un obstáculo para asistir a acciones formativas que mejoren sus competencias y, en su caso, poder acceder a procesos de selección.

Requisitos básicos

Aparte de ser personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo que participen en formación profesional para el empleo con fondos públicos, se exigen otros requisitos básicos. Entre ellos, disponer de una tarjeta de transporte público y estar matriculado en una acción formativa presencial con una duración mínima de 100 horas.

El abono transporte es fundamental para garantizar la movilidad en Madrid
El abono transporte es fundamental para garantizar la movilidad en Madrid CC

Además, la solicitud solo puede presentarse cuando el alumno ya ha superado el 25% de la acción formativa. Este umbral se aplica tanto a cursos conducentes a certificados de profesionalidad (sin contar el módulo de prácticas no laborales) como al resto de especialidades formativas del catálogo.

¿Cómo solicitar la ayuda?

La ayuda puede tramitarse por dos vías: online, a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, o de forma presencial en los registros habilitados. Si el trámite lo realiza la entidad de formación en nombre del alumno, es necesario aportar un anexo de autorización firmado.

Plazos y resolución

Una vez presentada la solicitud, la Comunidad de Madrid dispone de un plazo máximo de un mes para resolver y notificar. Si pasado ese tiempo no hay respuesta, el silencio administrativo es desestimatorio, es decir, la petición se entiende denegada.

Artículos relacionados
Contenidos que te pueden interesar