Confirmada la sentencia judicial para un menor en Pontevedra (Galicia). Un niño ha recibido una indemnización de 50.000 euros tras fracturarse el cráneo durante una prueba radiológica. Los hechos ocurrieron cuando el niño tenía 11 años en el Hospital Provincial de Pontevedra.
-
Barei vuelve a la música con su disco 'Trece'
-
Merche presenta su gira 'Tour Abre Tu Mente Deluxe' y su tema 'Tengo fe'
-
Cándido Méndez (UGT): "Dentro del Gobierno, el PSOE se está comiendo a la cola del bloque"
-
Anthony Ready & Yeigo presentan su tema 'Como Becky'
-
El cantante Maik Marel presenta su single debut: 'Hola'
-
Martín Escolar presenta 'Píldoras culturales', un libro cargado de curiosidades
-
Sofía Martín ('Suerte'): "'Benidorm Fest' me permitió crecer personalmente pero también profesionalmente"
La madre escuchó un fuerte golpe desde el otro lado de la puerta en el momento de la intervención, lo que despertó en ese momento todas las alarmas y llevó a la rápida intervención de los efectivos, según publica La Voz de Galicia.
Ahora, después de un pleito en los tribunales por este caso, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Uno de Pontevedra ha condenado al Sergas, perteneciente a la Xunta de Galicia, a indemnizar con 50.000 euros al menor afectado.
Convulsiones
Los hechos ocurrieron el 27 de febrero de 2020. La madre llevó a su hijo, entonces de 11 años, al servicio de radiología del CHOP para unas radiografías de control. La mujer pidió entrar porque el menor estaba my nervioso, pero los médicos se lo negaron.
En el recurso judicial interpuesto ante la negativa del Sergas a reconocer una indemnización por estos hechos, la mujer indica que "pidió con insistencia a la radióloga poder acompañarlo a la prueba, para calmarlo, pero esta le negó tal posibilidad rotundamente".
El menor accedió a la sala de rayos nervioso, asustado y "desamparado". Cuando la madre accedió, escuchó un fuerte golpe y se topó dentro de la sala con su hijo "en el suelo, inconsciente y con convulsiones". El menor tenía un fuerte golpe en la cabeza y el servicio de urgencias lo atendió antes de su traslado al Hospital Álvaro Cunqueiro de Vigo.
Los médicos de este hospital detectaron una fractura de cráneo con complicaciones anexas, por lo que realizaron una cirugía de urgencia. El 12 de marzo le dieron el alta hospitalaria pero en 2020 volvió a ingresar para una segunda intervención quirúrgica. Unas complicaciones posteriores obligaron a su ingreso en dos nuevas ocasiones.
En mayo de 2021, le colocaron una prótesis craneal y desde el último alta, el menor padece graves secuelas. El Sergas ha defendido que se actuó en todo momento "conforme a una buena praxis médica" y justifica que la radióloga no dejase entrar a la madre porque "se debe minimizar la exposición innecesaria a radiaciones, sobre todo en mujeres en edad fértil".
El juez, sin embargo, cree que se cumplen los requisitos determinantes de responsabilidad patrimonial, basándose en el derecho del menor a ser acompañado por un familiar en la asistencia sanitaria. Además, critica la actuación de la radióloga porque "madre es quien mejor conoce a su hijo y si lo manifiesta es porque lo sabrá a ciencia cierta, por su propia experiencia, la angustia que le genera al niño la práctica de pruebas médicas y el comportamiento errático en el que puede incurrir".
El magistrado considera en su sentencia que fue improcedente la denegación del derecho del paciente menor de edad a que su madre lo acompañase y aplica el principio del "daño desproporcionado" proque la prueba radiológica realizada no tiene entre sus riesgos asociados una fractura de cráneo.
