Dado que la sentencia de 'La Manada' que condenó a los cinco jóvenes sevillanos a nueve años de prisión por abusar sexualmente de una joven los Sanfermines de 2016 no es firme, la Audiencia Provincial de Navarra optó por concederles la libertad provisional a la espera de que se resuelvan los recursos después de haber permanecido dos años en prisión preventiva.
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Ante este panorama, Alfonso Jesús Cabezuelo y Antonio Manuel Guerrero, militar y guardia civil del grupo, han podido pasar a servicio activo de sus respectivos cuerpos ya que la sentencia no incluye como pena accesoria la inhabilitación. Además, el Código Penal no prevé la inhabilitación de empleo o cargo público para condenas de menos de diez años al no ser que su profesión haya tenido que ver con la comisión del delitos.
Sin embargo, el director de la Guardia Civil prohibirá a Antonio Manuel Guerrero, que se encuentra en servicio activo, solicitar destino. Según recoge El Diario, se aplicará el artículo 92.3 del Régimen del Personal de la Guardia Civil que permite al máximo responsable acordar por "resolución motivada" impedir que solicite y obtenga destino hasta que la sentencia sea firme o haya un auto de sobreseimiento.
La Benemérita toma esta decisión teniendo en cuenta "los hechos imputados, la trascendencia social y el interés de servicio". De esta manera, Guerrero no podrá reincorporarse a una plaza en el caso de que lo solicite.
Defensa y el caso del militar
Del mismo modo que a Antonio Manuel Guerrero, se levantaba la suspensión del militar Alfonso Jesús Cabezuelo pasando a estar pendiente de destino. Sin embargo, el Ministerio de Defensa ha tomado la decisión de no asignárselo. Así, pasa a estar en activo y cobrar el sueldo básico aunque no ejercerá como soldado. Para ello, Defensa adoptó esta decisión amparándose en el artículo 111.3 de la Ley de Carrera Militar, similar al aplicado por el director general de la Guardia Civil.
Margarita Robes, ministra de Defensa, tiene la responsabilidad de tomar esta decisión a través de una "resolución motivada" en la que tendrá que evaluar "los hechos imputado, la trascendendencia social y el interés del servicio".
