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Qué hacer en inundaciones y desalojos: así se reconoce el derecho a no pagar suministros

El decreto por las inundaciones permite resolver o aplazar suministros y servicios sin penalización y frenar nuevas cuotas si no se pueden disfrutar.

Qué hacer en inundaciones y desalojos: así se reconoce el derecho a no pagar suministros

Cuando una vivienda queda inhabitable tras una inundación o un desalojo, los afectados pueden acogerse a medidas que les permiten no pagar suministros y servicios que no puedan disfrutar mientras dure esa situación. La Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía (FACUA) recuerda que esta protección se aplica a consumidores afectados en los municipios incluidos en el ámbito de la norma.

El marco legal es el Real Decreto-ley 5/2026, aprobado para establecer medidas urgentes frente a los daños ocasionados por las inundaciones provocadas por las recientes borrascas (Leonardo y Marta) en municipios de Andalucía y Extremadura. Esta norma incorpora un paquete de derechos para consumidores cuando la prestación de un servicio o suministro resulta imposible total o temporalmente por los efectos de la emergencia.

El Gobierno reconoce los derechos de los ciudadanos afectados por catástrofes
El Gobierno reconoce los derechos de los ciudadanos afectados por catástrofes CC

En ese contexto, el decreto permite resolver el contrato sin penalización o aplazarlo mientras la vivienda no sea habitable. En los servicios de tracto sucesivo, la empresa debe abstenerse de cobrar nuevas mensualidades hasta que el servicio pueda prestarse con normalidad; y si el consumidor opta por una cancelación definitiva, se procederá al reembolso de importes en un plazo máximo de treinta días.

Compras y servicios: mayor margen de devolución

Si contrataste o compraste algo antes del 2 de febrero de 2026 y, por las inundaciones o los desalojos, te resulta difícil devolverlo o cancelar el contrato (ejercer el derecho de desistimiento), el plazo para hacerlo queda congelado.

En la práctica, si a 17 de febrero todavía estabas dentro del plazo para desistir (por ejemplo, una compra para la vivienda, un servicio digital o una entrada para un evento), ese reloj se para y no vuelve a contar hasta tres meses después de que entre en vigor la norma. Esto te da más margen para devolver o cancelar cuando la situación se normalice.

Reembolsos de viajes

Si compraste billetes de transporte antes del 2 de febrero y tu viaje tenía origen o destino en las zonas afectadas por las inundaciones, puedes cancelarlo sin penalización. Lo mismo ocurre con las reservas de hotel o alojamiento en esos municipios: puedes dejar el contrato sin efecto sin pagar cargos. En ambos casos, tienes derecho a que te devuelvan el dinero que ya hayas pagado, pero no a una compensación extra.

Además, el Consejo de Ministros acordó limitar temporalmente los precios de hoteles y alojamientos en los 14 municipios andaluces y extremeños donde hubo desalojos, una medida vigente hasta el 24 de febrero.

¿Y si mi vivienda es de alquiler?

Si vives de alquiler y la vivienda queda temporalmente inhabitable por las inundaciones, lo primero es avisar al casero (al arrendador).

A partir de ahí, puedes elegir entre dos opciones:

  • Suspender el contrato temporalmente: durante ese tiempo no tendrías que pagar la renta hasta que la vivienda vuelva a ser habitable.
  • Cancelar el contrato: puedes desistir del alquiler sin penalización.
  • Si tienes dudas sobre cómo hacerlo o qué documentación aportar, FACUA recomienda pedir asesoramiento para tramitarlo correctamente y defender tus derechos.

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