Cuando una vivienda queda inhabitable tras una inundación o un desalojo, los afectados pueden acogerse a medidas que les permiten no pagar suministros y servicios que no puedan disfrutar mientras dure esa situación. La Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía (FACUA) recuerda que esta protección se aplica a consumidores afectados en los municipios incluidos en el ámbito de la norma.
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El marco legal es el Real Decreto-ley 5/2026, aprobado para establecer medidas urgentes frente a los daños ocasionados por las inundaciones provocadas por las recientes borrascas (Leonardo y Marta) en municipios de Andalucía y Extremadura. Esta norma incorpora un paquete de derechos para consumidores cuando la prestación de un servicio o suministro resulta imposible total o temporalmente por los efectos de la emergencia.
En ese contexto, el decreto permite resolver el contrato sin penalización o aplazarlo mientras la vivienda no sea habitable. En los servicios de tracto sucesivo, la empresa debe abstenerse de cobrar nuevas mensualidades hasta que el servicio pueda prestarse con normalidad; y si el consumidor opta por una cancelación definitiva, se procederá al reembolso de importes en un plazo máximo de treinta días.
Compras y servicios: mayor margen de devolución
Si contrataste o compraste algo antes del 2 de febrero de 2026 y, por las inundaciones o los desalojos, te resulta difícil devolverlo o cancelar el contrato (ejercer el derecho de desistimiento), el plazo para hacerlo queda congelado.
En la práctica, si a 17 de febrero todavía estabas dentro del plazo para desistir (por ejemplo, una compra para la vivienda, un servicio digital o una entrada para un evento), ese reloj se para y no vuelve a contar hasta tres meses después de que entre en vigor la norma. Esto te da más margen para devolver o cancelar cuando la situación se normalice.
Reembolsos de viajes
Si compraste billetes de transporte antes del 2 de febrero y tu viaje tenía origen o destino en las zonas afectadas por las inundaciones, puedes cancelarlo sin penalización. Lo mismo ocurre con las reservas de hotel o alojamiento en esos municipios: puedes dejar el contrato sin efecto sin pagar cargos. En ambos casos, tienes derecho a que te devuelvan el dinero que ya hayas pagado, pero no a una compensación extra.
Además, el Consejo de Ministros acordó limitar temporalmente los precios de hoteles y alojamientos en los 14 municipios andaluces y extremeños donde hubo desalojos, una medida vigente hasta el 24 de febrero.
¿Y si mi vivienda es de alquiler?
Si vives de alquiler y la vivienda queda temporalmente inhabitable por las inundaciones, lo primero es avisar al casero (al arrendador).
A partir de ahí, puedes elegir entre dos opciones:
Si tienes dudas sobre cómo hacerlo o qué documentación aportar, FACUA recomienda pedir asesoramiento para tramitarlo correctamente y defender tus derechos.
