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Cambios en la jubilación anticipada: quién se podrá retirar con 52 años y toda su pensión

El Ejecutivo aprueba una norma consensuada con los agentes sociales para la seguridad en el trabajo y las condiciones dignas de los empleados.

Cambios en la jubilación anticipada: quién se podrá retirar con 52 años y toda su pensión

Llegan los cambios en la jubilación anticipada. El Gobierno ha aprobado el acceso sin penalización para profesiones penosas y peligrosas. Se trata de una de las medidas pendientes en el último acuerdo de pensiones del diálogo social, que reclaman varios sectores y actividades como la construcción o azafatas de vuelo.

La norma desarrolla el procedimiento para que, en caso de no poder mejorar las condiciones de trabajo de determinados empleados, se puedan adelantar las edades ordinarias de jubilación simplemente aplicando determinados coeficientes reductores.

La ministra de Seguridad Social, Elma Saiz, ha explicado la iniciativa tras la reunión del Consejo de Ministros, en la que explica algunos de los elementos más destacados de esta nueva regulación, que cuenta con el consenso de sindicatos y patronales mayoritarias en el diálogo social.

"Es un paso adelante en justicia social. El sistema debe ser suficientemente flexible para proteger a estos colectivos", ha defendido Elma Saiz en una rueda de prensa, en la que defiende que el procedimiento ha seguido en todo momento "criterios objetivos" y sigue la estela de otros países como Francia e Italia.

El reconocimiento de la jubilación anticipada está ligado a un incremento en la cotización a la Seguridad Social para este determinado colectivo, que aparecerá fijado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado con carácter anual. Dicho incremento consistirá en una cotización adicional sobre la base de cotización por contingencias comunes, tanto a cargo de la empresa como el trabajador. La edad de jubilación nunca puede ser inferior a los 52 años.

Profesiones incluidas en la jubilación de 52 años

La norma cuenta con varios "criterios objetivos", según explica la ministra Saiz, para definir qué tipo de actividades profesionales pueden estar incluidas en estos coeficientes reductores de la edad de jubilación. Se atiende a trabajos especialmente peligrosos o penosos.

En el caso de la penalidad, se atiende a criterios como exposición a temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física; la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos. En cuanto a la toxicidad, el trabajo con exposición a agentes físicos, químicos o biológicos agresivos o nocivos. En la peligrosidad se atiende a actividades susceptibles de accidente laboral o enfermedad profesional con mayor incidencia que otros trabajos. Y, en cuanto a la insalubridad, a actividades con exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador.

El objetivo de esta iniciativa es mejorar las condiciones laborales y garantizar un trabajo seguro. Cuando sea imposible garantizar que se puedan dar estas condiciones, se optará por la jubilación anticipada sin penalización, como ya ocurre como minería, trabajadores del mar o vuelo, así como policías locales.

Para acreditar estos elementos, se ha elaborado una fórmula con criterios como el número de bajas laborales en el colectivo de empleados, números de fallecimientos e incapacidades permanentes de la profesión y la duración media de las bajas. También se contemplan otros factores, como la morbilidad y mortalidad, que evaluarán cuestiones como las "contingencias comunes, las profesionales, la edad, el sexo, la rotación en el trabajo, la parcialidad, el tamaño de la empresa o la distribución geográfica".

La solicitud para esta jubilación anticipada especial se puede iniciar conjuntamente entre los actores públicos implicados. Se realizará una peticiónante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, que se encargará de evaluar las solicitudes. La información recopilada será sometida a una comisión de evaluación´òn con los agentes sociales, que determinarán la decisión final.

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