Política

El juez abre juicio oral contra Íñigo Errejón por presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá

El juez instructor Adolfo Carretero impone una fianza de 30.000 euros y le cita el 15 de enero para la apertura del juicio.

El juez abre juicio oral contra Íñigo Errejón por presunta agresión sexual a Elisa Mouliaá

El magistrado Adolfo Carretero ha abierto juicio oral contra el ex diputado y ex portavoz parlamentario de Sumar, Íñigo Errejón, por un presunto delito de agresión sexual contra la actriz Elisa Mouliaá, que se habría producido a finales de octubre de 2021.

El auto da un día a Errejón para que preste una fianza de 30.000 euros para "asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérsele". Además, el instructor cita a Errejón el próximo 15 de enero a las 09:30 horas para "emplazarle, requerirle y notificarle el auto de apertura de juicio oral".

Procesamiento de Errejón

El juez instructor procesó a Errejón después de haber mantenido una investigación durante trece meses, en la que se tomó declaración al propio Errejón, Mouliaá, los testigos y psiquiatras.

En las pesquisas también se llegó a pedir al ex diputado y a la actriz que aportaran las conversaciones que intercambiaron en las fechas cercanas a la agresión denunciada. El juez consideró la existencia de indicios y consideró que no se habían podido desmentir por parte del "investigado, su prueba pericial y documental".

La artista denunció que los hechos ocurrieron en el marco de la presentación de un libro de Errejón y después de casi un año conversando a través de las redes sociales. Mouliaá sostiene que, al terminar el evento, se fueron a tomar unas cervezas en un bar cercano y que ella, que tenía previsto entonces acudir a la casa de un amigo, "por educación" invitó al dirigente a que la acompañase.

El juez Adolfo Carretero consideró los indicios y destaca que Mouliaá "no tenía ningún móvil espurio, enemistad, odio o venganza" contra Errejón, "sino más bien todo lo contrario", por lo que destacó que "su declaración es coherente en lo esencial".

El magistrado destaca que la ausencia de testigos presenciales de los hechos y que contar con algunos testimonios de referencia y pruebas periciales, se podía considerar que "el principal indicio probatorio" es la declaración de Mouliaá, aunque se limita a posicionarse en su papel como instructor.

En el escrito también se resalta que "no se ven vaguedades ni contradicciones" en la declaración de la actriz "salvo esa falta de reacción explicable por su bloqueo emocional y la repetida personalidad de Errejón", que por entonces era "un importante político".

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