Economía

Confirmado por la Seguridad Social: quiénes pueden sumar años de cotización para jubilarse

Los trabajadores pueden acogerse a una normativa que podría facilitar una pensión en mejores condiciones.

Confirmado por la Seguridad Social: quiénes pueden sumar años de cotización para jubilarse

Confirmado por la Seguridad Social. Alcanzar los años necesarios de cotización para garantizarse una jubilación digna es primordial, puesto que los años trabajados en activo son una de las bases sobre las que se calcula la pensión que recibiremos tras abandonar la vida laboral.

Los trabajadores que hayan cotizado menos de 25 años y, por ello, se vean expuestos a perder parte de la pensión de jubilación que les corresponde, deben saber que existe una legislación que les permite sumar meses e incluso años a su cotización para mantener la cuantía final de la pensión.

Se trata del artículo 209.1.b de la Ley General de la Seguridad Social, que cubre todos los meses resultantes y los integra también en el cálculo de la pensión. Esta cláusula solo sirve para proteger la cuantía de la pensión, pero no suma años que no se hayan trabajado a la cotización.

La norma recoge que, si se recogen meses en los que no se tuviese obligación de cotizar a la Seguridad Social, las primeras cuarenta y ocho mensualidades serán integradas con la base mínima de cotización del Régimen General del mes respectivo, mientras que el resto de mensualidades serán al 50% de dicha base mínima.

El tiempo de cotización es una cuestión fundamental en el cálculo de la cuantía de la pensión
El tiempo de cotización es una cuestión fundamental en el cálculo de la cuantía de la pensión Envato Elements

Si en alguno de los meses para la base reguladora solo se hubiera extendido la obligación de cotizar durante una parte, se integrará por la parte del mes en que no existiera obligación de cotizar, siempre que la base de cotización del primer período no alcance la cuantía de la base mínima mensual del Régimen General, en el que la integración alcanzará hasta dicha última cuantía.

Trabajadores excluidos

A pesar de que esta normativa pueda resultar beneficiosa para todos los trabajadores, la realidad es que no alcanza a todos. Algunos quedarán excluidos, como los autónomos, aunque se contempla como excepción que se integren los meses sin cotizar durante los seis meses posteriores al cese de actividad.

Además, tampoco pueden disfrutar de esa cláusula los trabajadores del Sistema Especial Agrario ni los empleados del hogar durante el período transitorio hasta 2023. En todo caso, supone una gran oportunidad para sumar períodos de cotización y, de este modo, tener la posibilidad de acceder a una pensión digna.

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