La Comisión Europea ha adoptado nuevas medidas para evitar la liberación de microplásticos al medio ambiente. Así, la UE ha aprobado una nueva normativa que prohíbe la venta de productos que intencionadamente contengan esta sustancia, tales como detergentes, productos cosméticos como la purpurina o juguetes.
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Esta nueva norma forma parte de los esfuerzos de Bruselas por cumplir su objetivo de reducir la contaminación por microplásticos en un 30% de aquí a 2030. Uno de los fines de la Agenda 2030, que alude a esta cuestión en los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
La restricción adoptada en el REACH (Reglamento de registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias químicas) utiliza una definición amplia de microplásticos, pues abarca todas las partículas de polímeros sintéticos inferiores a cinco milímetros que son orgánicas, insolubles y resistentes a la degradación.
El ámbito de aplicación de la nueva normativa incluye el material de relleno granular utilizado en superficies deportivas sintéticas; cosméticos en los que los microplásticos se emplean para usos múltiples como la exfoliación (microesferas) o la obtención de una textura, fragancia o color específicos; detergentes, suavizantes, purpurina, fertilizantes, productos fitosanitarios, juguetes, medicamentos o productos sanitarios, entre otros muchos.
Fecha de entrada en vigor
Las primeras medidas, como la prohibición de purpurina no adherente y microesferas, empezarán a aplicarse cuando la restricción entre en vigor, el 17 de octubre de 2023. Con el resto de productos se podría tardar más tiempo para ofrecer a las partes afectadas tiempo suficiente para desarrollar alternativas.
Asimismo, en casos debidamente justificados, también se aplicarán excepciones y períodos transitorios para adaptarse a las nuevas normas.
