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El calvario fiscal de Ana Duato no acaba: El Estado impugna la sentencia a su favor

La actriz quedó absuelta de condena porque no tenía conocimientos económicos sobre el tema, pero la Abogacía no piensa lo mismo.

El calvario fiscal de Ana Duato no acaba: El Estado impugna la sentencia a su favor

La actriz Ana Duato fue absuelta por unos delitos fiscales de los que se le acusaba dentro del caso Nummaria, caso por el que el actor Imanol Arias ha sido condenado a dos años y dos meses de cárcel. Ahora, la Abogacía del Estado ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional en lo referente a Duato.

La Agencia EFE ha tenido acceso a un informe en el que se especifica lo que exige la Abogacía y es que quiere que se revoque la resolución y se dicte una nueva para Ana Duato. La actriz se negó a pactar con la Fiscalía Anticorrupción como sí hizo Arias, que acabó en la cárcel tras reintegrar al fisco más de dos millones de euros.

La sentencia de la Sección Segunda de lo Penal declaró que ambos intérpretes de la serie española 'Cuéntame cómo pasó' utilizaron las estructuras diseñadas por el actor y periodista uruguayo Fernando Peña (de 2010 a 2016) para evitar tributar en España.

¿Por qué se libró Ana Duato de la cárcel?

La Fiscalía pedía para Duato 32 años de cárcel, pero la Audiencia revocó esta propuesta. Además, la Sala comprendió que no había "acreditación suficiente de que la acusada conocía que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario".

Por tanto, la actriz probó que había declarado sus ingresos íntegros en los años: 2010, 2011 y 2012, aunque solo había tributado el 40%. El otro 60 % fue para la estructura creada por Peña para transformar sus rentas de trabajo en vitalicias para obtener la reducción de ese 60 % como establece la norma.

La Sala consideró que la acusada creía que "su asesor fiscal había realizado una operación legítima" y que Duato no es "consciente de que se había acudido a un sistema de simulación negocial". El tribunal interpretó que los conocimientos de la intérprete sobre cuestiones empresariales no eran superiores ni comparables a los de un ciudadano medio.

Declaraciones de la Abogacía

La Abogacía declara que "la valoración de la prueba realizada en dicha sentencia incurre en un error manifiesto e irracional" y que la conclusión de la sentencia es "una conclusión manifiestamente ilógica".

También sostiene que "la irracionalidad de la sentencia se acentúa en el tratamiento casi paternalista que dispensa a la señora doña Ana Consuelo Duato Boix, al presentarla como una simple actriz aparentemente desprovista de comprensión o autonomía decisoria en materia económica".

Además, consideran que estaba en plenas facultades para comprender que lo que estaba haciendo se trataba de un delito. "Plena capacidad intelectual, criterio propio y solvencia personal, que le otorgan la entidad que, como persona adulta, formada y con larga trayectoria profesional, indudablemente posee", asegura la Abogacía.

Para terminar añaden que la creencia de que no contaba con conocimientos empresariales "contradice abiertamente los hechos declarados probados, que acreditan su participación directa en la constitución, control y funcionamiento de las sociedades interpuestas y de los contratos de cesión ideadas por el señor don Fernando Peña Álvarez".

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