Nueva indemnización para los usuarios de Renfe afectados por los retrasos y paros. La asociación Facua-Consumidores en Acción ha logrado que Renfe se vea obligada a abonar a una socia el billete de avión a Cuba que no pudo disfrutar tras perder su vuelo por un retraso de más de dos horas en el tren que la llevaba a Madrid.
La mujer tenía un billete de Alvia para viajar el 26 de julio de 2024 de Santander a la capital, donde tenía previsto llegar en tren a las 11:19 horas. Se trataba de un margen de más de tres horas para después llegar al Aeropuerto de Barajas y, desde allí, volar a La Habana.
Sin embargo, como recoge Facua, el tren partió desde Santander con un retraso de 45 minutos por un problema en las puertas. Además, a la altura de Torrelavega, obligaron a todos los pasajeros a efectuar un transbordo y completar la ruta a Valladolid por carretera por otra avería.
Cuando se encontraban en la capital vallisoletana, subieron a otro tren que les llevó definitivamente a Madrid. Sin embargo, llegaron con dos horas y cuarto de retraso, por lo que la viajera accedió al aeropuerto con la facturación ya cerrada y sin poder embarcar. Por este motivo, se vio obligada a adquirir otro billete por el que pagó 1.046 euros con destino a La Habana, en este caso de la compañía Air Europa, que salía dos horas después.

Después de su regreso a España, varias semanas después, decidió poner todos los hechos en conocimiento de Facua para reclamar a Renfe. La asociación presentó un escrito ante el Departamento de Mediación y Arbitraje para solicitar una indemnización para su socia por todos los gastos que había tenido que asumir para llegar a su destino.
Renfe no quería pagar el viaje a La Habana
Renfe respondió entonces limitándose a devolver los 59,50 euros del billete de tren de Santander a Madrid, pero no el resto de gastos reclamados, como el billete comprado después con Air Europa o los taxis. La compañía alegaba que "ni las Condiciones Generales de Contratación de los Servicios de Transporte de Viajeros de Renfe, ni el propio Reglamento de la Ley del Sector Ferroviario, contemplan compromisos de enlaces con otros medios de transportes, al no tener estos vinculación contractual con el contrato de transportes por ferrocarril, ni formar parte de una oferta de transporte combinado".
Por este motivo, los abogados de Facua acudieron a la Junta Arbitral del Transporte de Cantabria y en enero de 2025 pidieron un arbitraje en el que reclamaban el pago de 1.099,89 euros por el segundo billete que tuvo que comprar y los taxis para ir al aeropuerto de Barajas, por 53,95 euros.
Este organismo citó a la afectada y a Renfe a un arbitraje que se celebró el 28 de febrero en la estación de autobuses de Santander. En abril, la Junta Arbitral del Transporte de Cantabria finalmente falló a favor de la viajera, argumentando que la empresa incumplió "su obligación principal" y que se trataba de una "falta de diligencia empresarial que va más allá de una mera conducta culpable". Por este motivo, admitía la petición de Facua y condenaba a Renfe a abonar 1.099,89 euros.