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El Defensor del Pueblo alerta de que los hospitales públicos de Madrid no practican abortos

Gabilondo desvela que en la Comunidad de Madrid el 100% de las interrupciones voluntarias del embarazo en 2020 se realizaron en centros privados.

El Defensor del Pueblo alerta de que los hospitales públicos de Madrid no practican abortos

Redacción

13 Julio 2022 11:15

Si eres una mujer madrileña, estás embarazada y decides abortar, será imposible que lo hagas en un hospital público de la Comunidad de Madrid que, además, puede que no cuenten con protocolos de actuación cuando esté en peligro la vida de la embarazada.

Así lo alerta el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, en el escrito remitido a Mónica García, líder de Más Madrid, a raíz del caso de Marta Vigara, que en 2020 acudió al al Clínico San Carlos con una posible rotura de placenta que ponía en riesgo su vida y vio cómo los médicos se negaron a intervenirla al ser objetores de conciencia.

"Esta ausencia prácticamente absoluta de la interrupción voluntaria del embarazo en la red sanitaria pública de Madrid debería ser objeto de valoración y análisis por parte de la Consejería de Sanidad, ello sin perjuicio del respeto a las decisiones individuales que puedan adoptar los profesionales sanitarios con respecto a su intervención en interrupciones voluntarias del embarazo, incluso en aquellas realizadas por causas médicas", reza el texto remitido por Gabilondo al que ha tenido acceso El País.

"Lo cierto es que de los datos remitidos se desprende que en la red sanitaria pública madrileña no se realizan IVE (Interrupción Voluntaria del Embarazo), ni siquiera por causas médicas, siendo todas derivadas a centros acreditados", añade. "Cabe recordar la previsión contenida en el artículo 19 de la Ley Orgánica 2/2010, en el sentido de que la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo se realizará en centros de la red sanitaria pública o vinculados a la misma, teniendo carácter excepcional el acudir a centros acreditados que no pertenezcan a la red pública", señala.

Sobre la objeción de conciencia, el Defensor del Pueblo aclara que "se trata de un derecho individual, que debe ejercerse anticipadamente y por escrito, y que no debe afectar al tratamiento y atención médica adecuada a las mujeres que lo precisen antes y después de haberse sometido a una intervención de interrupción del embarazo".

Madrid frente al resto de comunidades

Entre 2010 y 2019, en Madrid se realizaron 1.608 abortos en centros del sistema madrileño de salud (0,7%), frente a los 210.755 (99,3%) en clínicas privadas, a las que acudieron las mujeres tras ser derivadas mayoritariamente desde la red pública. En 2020 no hubo ni un solo aborto realizado en un centro público. Esta externalización masiva del servicio supone en trono a 3,5 millones de euros anuales al Ejecutivo regional.

Estos datos de 2020 de Madrid contrastan con los de Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, Canarias, Cantabria o Navarra, donde más del 90% de las interrupciones voluntarias del embarazo se realizaron en la red sanitaria pública. El 71,7% en Galicia, el 60% en Aragón y el 46,2% en Andalucía.

Al otro lado, con datos simulares a Madrid, se sitúan Extremadura y Murcia, donde el 100% de las interrupciones voluntarias del embarazo en 2020 también se realizaron en clínicas privadas; Castilla-La Mancha (99,9%) y Castilla y León (85,5%).

El caso de Vigara

Marta Vigara se encontraba en la semana 17 de gestación cuando sufrió una rotura completa de la bolsa de líquido amniótico, por lo que acudió al hospital Clínico San Carlos para someterse a un aborto terapéutico y poder salvar su vida. Sin embargo, tan solo le dieron el alta a través de una carta firmada por dos ginecólogos en la que reconocían el "riesgo extremo para la madre y para el feto" y la instaban a acudir a la privada pues "ahí no se practicaban abortos".

Dado que se lo comunicaron a las 12:30, tuvo que acudir a toda prisa a la unidad de interrupción voluntaria del embarazo, en la calle de Sagasta de Madrid, donde la habían derivado, que cerraba a las 14 horas y si no llegaba tendría que haber esperado un día con el grave peligro que ello suponía para su vida.

"Resulta necesario cuestionar si el mencionado hospital y, con carácter general, los centros hospitalarios de la red pública de Madrid, disponen de un protocolo para facilitar el proceso de IVE a la mujer afectada por alguno de los supuestos del artículo 15 de la Ley 2/2010", alerta Gabilondo sobre aquellos casos en los que no se han superado las 22 semanas de gestación y hay grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o graves anomalías en el feto.

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