Buscar
Usuario

Vida

Multas con defecto de forma: qué son y cómo puedes recurrirlas

Existen ciertos errores en los datos e imágenes que justifican una multa que pueden hacer que nos libremos de pagarlas.

Multas con defecto de forma: qué son y cómo puedes recurrirlas

Recibir una multa de tráfico nunca es plato de buen gusto, además de que pueden causar daño a nuestros bolsillos. Si recibimos una, debemos fijarnos bien si el documento está bien redactado y no falta ningún detalle, ya sea de nuestros propios datos o de los de nuestro vehículo. De lo contrario, la sanción podría ser sujeto de recurso, y nos podemos evitar pagarla.

Este tipo de sanciones con errores son conocidas como multas con defecto de forma, que simplemente quiere decir que no cumple con todos los requisitos establecidos en la ley y para considerar válido el expediente tramitado por los agentes de tráfico. Este tipo de defectos, si no pueden ser corregidos por la DGT, pueden salvarnos de abonar el importe establecido.

¿Qué fallos pueden invalidar una multa?

Según apunta la RACC, un defecto de forma es "un concepto legal que se refiere a aquel defecto procesal que consiste en la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos legales establecidos". En el caso de las multas de tráfico, esto se refiere principalmente a algún fallo en los campos obligatorios que deben rellenarse en todas las denuncias.

Por tanto, los fallos que pueden justificar el recurso de alguna sanción podrían estar en las siguientes categorías:

  • Identificación del vehículo (matrícula, clase, marca, modelo).
  • Identificación del denunciado, en caso de que se conozca (nombre y apellidos, domicilio).
  • Descripción del hecho (lugar, fecha, hora).
  • Identificación del agente de la autoridad.
  • Descripción detallada de la acción, la sanción correspondiente y si supone pérdida de puntos.

Defectos que pueden ser corregidos

Sin embargo, no todos los fallos que se encuentren en estos campos pueden valer para invalidar la multa que hemos recibido. Algunos de ellos podrán ser corregidos por la administración, y después de esto, la multa seguirá siendo válida y nos tocará pagarla. Según la RACC "no se consideran defecto de forma aquellas cuestiones que puedan ser corregidas o se identifiquen claramente como una confusión".

Por ejemplo, se da en los casos de cuando existe alguna errata en los números de la matrícula o la fecha de la infracción, o no esté indicado el modelo del coche con total precisión. En estas ocasiones, al realizar la alegación, la DGT podrá subsanar el fallo y reenviar la denuncia con los datos correctos.

Los fallos que sirven para recurrir la multa

En cambio, las multas con defecto de forma que contengan fallos más graves o omisiones completas de algunos de los datos, sí son sujeto de recurso. Estos errores no tienen corrección que valga, lo que puede significar la invalidación de la sanción y el cierre del expediente con la administración y las autoridades.

Por ejemplo, este es el caso de cuando no se especifica la matrícula o el tipo de vehículo, que los datos anteriores no se correspondan entre sí, cuando la calidad de la imagen no permite identificar la placa, cuando no está detallado adecuadamente o el hecho denunciado no coincide con la infracción.

Con esto, tendremos 20 días naturales para recurrir nuestras multas a la administración correspondiente desde el día siguiente a recibir la notificación o desde su publicación en el tablón de sanciones de la DGT. En cambio,si hemos recibido la multa en el momento, debemos presentar el escrito de alegaciones y el recurso ante al ayuntamiento donde se haya producido la infracción.

Artículos recomendados

Artículos relacionados
Contenidos que te pueden interesar