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El Supremo inhabilita el canon digital aprobado por el PP

El Tribunal Supremo declara como nulo el real decreto que regulaba el canon digital, que atribuía el pago de este a los Presupuestos Generales.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha declarado como "nulo" e "inaplicable" el real Decreto 1657/2012 que regula el actual canon digital. La decisión del Supremo viene después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) fallara en su contra, al suponer una violación de las normas comunitarias que recaiga este pago en todos los españoles.

La carrera por su nulidad comenzó después de que tres entidades de gestión (Egeda, Vegap y Dama) recurrieran ante el Supremo el actual sistema, sobre todo por el gran descenso de ingresos que se registró después de su aplicación, de 115 millones en 2011 a cinco, según datos de El País

El Tribunal Supremo antes de decidir sobre el asunto prefirió trasladar la cuestión al TJUE, el cual consideró que no era un sistema muy compatible con la norma europea "en la medida que no puede garantizar que el coste de la compensación equitativa sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas".

El canon digital es una forma de compensar a los autores por la copias legales que realicen los usuarios para su uso privado. El Gobierno de Zapatero optó por un sistema en el que el impuesto recaía en los consumidores, ya que el canon estaba presente en el precio de los Mp3, CDs o fotocopiadoras. El gobierno sucesor, con José María Lassale como Secretario de Estado de Cultura, deció hacer una reforma del sistema y que se retribuyera a los autores "a ejercicio vencido" a través de una partida en los Presupuestos Generales del Estado.  

El Tribunal de Justicia Europeo considera mejor sistema el anterior

El Tribunal supremo debe acatar la decisión de Luxemburgo Fuente: Wikipedia Commons
"El Tribunal supremo debe acatar la decisión de Luxemburgo Fuente: Wikipedia Commons"

El TJEU no se opuso a este sistema per se, si no a que el pago lo realizaran todos los ciudadanos en lugar de solo los que hubiesen adquirido un aparato para la copia privada. La Corte de Luxemburgo, en cambio, sí que ha dado luz verde al antiguo sistema, que idenfica de una forma clara a los consumidores de copias privadas. 

La sentencia del Supremo, publicada por El Español, deja claro que no se encuentra "incompatibilidad" entre la norma española y el dictamen de Luxemburgo, por lo que se debe aplicar el principio de primacía del derecho de la UE

Esto deja al Gobierno de Mariano Rajoy con la tarea de buscar un nuevo modelo para compensar a los autores, aunque ya era una tarea pendiente, pues figuraba en las 150 medidas para mejorar España, incluidas en el pacto entre PP y Ciudadanos.  

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