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El Supremo confirma la nulidad el despido de Antonio David Flores de Telecinco

El Tribunal, además de confirmar la nulidad, también ha reincidido en la indemnización de 120.000 euros por daños morales.

El Supremo confirma la nulidad el despido de Antonio David Flores de Telecinco

El Tribunal Supremo ha rechazado el último recurso de La Fábrica de la Tele y ha confirmado que el despido de Antonio David Flores de 'Sálvame' es nulo y, por tanto, tendrán que indemnizarlo con 120.000 euros por daños morales. A esta cantidad se le suman otros 30.000 euros en concepto de daños y prejuicios. Era la última batalla de Telecinco y, de nuevo, la ha vuelto a perder.

El inicio de esta guerra en los tribunales se remonta al 22 de marzo de 2021, justo después de emitirse los dos primeros episodios de 'Rocío, contar la verdad para seguir viva'. Carlota Corredera comunicó en directo que 'Sálvame' y Mediaset España habían cesado su vinculación laboral con el hasta entonces colaborador televisivo. Esto fue llevado a los juzgados por Flores, quien ganó en primera instancia, con la nulidad de su despido y 80.000 euros de indemnización.

La Fábrica de la Tele recurrió, pero el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reafirmó la sentencia, elevando a 120.000 euros la cantidad que la productora debía pagar al excolaborador al considerar que también se había vulnerado su derecho al honor, dado que se le había despedido bajo una acusación de malos tratos cuando eso no se había demostrado en un juicio.

El último paso era el Tribunal Supremo, que ha vuelto a fallar a favor de la exmarido de Rocío Carrasco, agotando de este modo todas las vías que tenía la compañía para defender su posición ante este conflicto.

El recurso no pasó ni el primer trámite

Los jueces del TSJ de Madrid recordaron que esa sala es "especialmente sensible con la lacra social que supone la violencia de género" pero sin hacerlo "a costa de vulnerar los derechos fundamentales de una persona que habiendo sido investigada en relación a esos mismos hechos no ha sido condenada, por haberse sobreseído las actuaciones penales".

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo consideró que el recurso de La Fábrica de la Tele era "inaceptable", razón por la que no lo admitía ni al primer trámite para conocer su validez y, por tanto, estudiarlo por si era posible que el recurso afectara a la sentencia. Es más, el pago que la productora debe hacer ha aumentado en 300 euros por una condena de costas.

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