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Multado el bar de León que despidió a un camarero por ser gitano

La sanción llega a los 7.501 euros ya que se trata de una vulneración de los derechos fundamentales de la víctima.

Multado el bar de León que despidió a un camarero por ser gitano

El juzgado de lo social número 3 de León ha sancionado a una empresa a pagar una indemnización de 7.501 euros y a contratar al camarero que echaron de un bar por ser gitano. La magistrada encargada del caso lo ha considerado una vulneración de sus derechos fundamentales y considera el cese de empleo como nulo, algo que ha sido publicado por la Fundación Secretariado Gitano (FSG) a través de un comunicado.

La víctima denunció las siguientes recriminaciones de su jefa: "Desde que estás aquí, no paran de entrar gitanos cuando antes venían de vez en cuando...y eso no es bueno para el negocio". El ordenamiento jurídico español considera que cualquier despido que haya sido motivado por una cuestión del género, la raza o etnia, la orientación sexual o las creencias religiosas se considerará como una vulneración de los derechos fundamentales de la persona.

Al haber sido considerado un despido nulo la empresa está obligada a readmitirle, pagarle lo que debería haber estado cobrando durante el tiempo que haya durado el despido y pagar una indemnización por los daños causados.. En este caso, la cantidad a pagar a la víctima es de 7.501 euros, lo que equivale a una multa por infracción grave.

La víctima contó que su relación con su jefa inicialmente era muy buena, no obstante la situación cambió cuando descubrió que era gitano. "Tienes que leer más y aplicarte en los estudios en vez de sentarse con primos a tomar litronas y tocar guitarras", fueron las palabras de la jefa según lo que dijo la víctima en el juicio. "Ves por qué no quiero gitanos trabajando aquí; Antes, venían de vez en cuando y ahora a menudo y eso no es bueno para el negocio".

Las versiones

La empresa cambió su versión hasta en tres ocasiones. En un primer momento aseguró que se había dado de baja voluntariamente, no obstante, no pudo aportar ninguna clase de documento que lo verificara. Con la segunda versión aseguraba que realmente se le había despedido por no haber superado el periodo de prueba, algo que no fue comunicado en la Seguridad Social.

En instancias judiciales se dio una tercera versión, alegando que el motivo del despido fue que no se había presentado a trabajar en una semana. Esta fue desmentida gracias a uno de los testigos, un amigo de la víctima. Afirmó que le había ido a buscar al trabajo un día antes de que le despidieran del bar.

La jueza consideró, por las contradicciones de la acusada y el clima hostil generado por la condición racial de la víctima, que había pruebas suficientes de que se trataba de una discriminación y por tanto, un delito.

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