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El juicio por abusos sexuales a Carlota Prado en 'GH' se suspende: ella no acude por "problemas psiquiátricos"

El abogado de Prado denuncia que ha habido un "error" en el procedimiento y pide que se juzgue como un delito de "abuso sexual con penetración".

El juicio por abusos sexuales a Carlota Prado en 'GH' se suspende: ella no acude por "problemas psiquiátricos"

Redacción

08 Febrero 2022 11:26

El juicio por los presuntos abusos sexuales que sufrió Carlota Prado por parte de José María López durante la estancia de ambos en 'Gran Hermano Revolution' en el año 2017 iba a dar comienzo este martes 8 de febrero. Sin embargo, ha tenido que ser suspendido debido a la ausencia de la víctima debido a los "problemas psiquiátricos graves" que sufre.

La jueza ha aceptado la petición del abogado de la demandante, Santiago Marín Soler, que ha solicitado la suspensión del juicio y la realización de un examen forense sobre la salud mental de Prado para corroborar si se encuentra en condiciones de declarar. El letrado ha precisado, además, que el pasado mes de diciembre su representado ya tuvo que ser ingresada en un centro psiquiátrico.

Por su parte, el abogado de José María López ha rechazado esta suspensión alegando la actividad en redes sociales que ha desarrollado Prado en los últimos días. Este aplazamiento alarga entre dos y tres meses más la espera de cuatro años para que se juzgue la presunta violación que tuvo lugar en el reality de Telecinco.

¿Hubo penetración?

Ante los medios de comunicación, Martín Soler ha revelado que ha habido un "error" en la instrucción. "Lo que sí que lamento es que el Juzgado de lo Penal no se haya pronunciado sobre la nulidad solicitada, porque lo que se va a hacer es enjuiciar un abuso sexual del que hay indicios serios, por las imágenes grabadas, de que hay penetración", ha explicado. "Eso la prensa no lo sabe. Ya lo sabéis. Aquí se está juzgando un abuso sexual sin penetración por un error de procedimiento en la instrucción", ha denunciado.

La pena de un delito a otro cambiaría. La Fiscalía pide dos años y medio de cárcel, pero si este caso se hubiera juzgado como un delito de abuso sexual "con penetración de una persona inconsciente", la pena ascendería a entre cuatro y diez años de prisión.

El ministerio público reclama, además, 6.000 euros de indemnización por los daños morales causados a la víctima, idéntica cantidad que a la productora del programa, Zeppelin TV, por los daños ocasionados a raíz de la exhibición de las imágenes grabadas a Carlota Prado.

El error, ha insistido el letrado, se halla en el procedimiento, que fue abreviado y este tipo de procedimiento "no permite acusar por un delito que en abstracto supere a nueve años" de cárcel. "El Juzgado de lo Penal no tiene competencia para juzgar un abuso sexual con penetración", ha sentenciado.

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