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¿Cuántas pensiones se pueden cobrar a la vez en España?

Seguro que si eres una de las personas que cobra una prestación por parte del Estado tras retirarte del mercado laboral ya te has preguntado esto.

¿Cuántas pensiones se pueden cobrar a la vez en España?

¿Cuántas pensiones de jubilación puede cobrar una persona en nuestro país? En este artículo trataremos de dar una respuesta a esta cuestión, ya que es un tema que puede servir de ayuda a muchas personas.

Debemos tener en cuenta que las condiciones para acumular varias pensiones de jubilación a la vez están muy delimitadas en la ley, pero la más importante es la del número de años que se han cotizado a lo largo de la trayectoria profesional.

Requisitos para cobrar varias pensiones

Lo primero que debemos tener en cuenta es que solo se podrán cobrar dos pensiones de jubilación a la vez y el principal requisito para poder hacerlo es que ambas deben haber cotizado en dos regímenes distintos, como es el caso de aquellos trabajadores que hayan cotizado en el Régimen General y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Otro de los requisitos principales es que se deben haber cotizado, al menos, 15 años (dos de ellos en los 15 anteriores) o que las cotizaciones entre ambos regímenes coincidan durante 15 años como mínimo. En el caso de que no cumplas este condición, que se hace desde la Seguridad Social es sumar los años cotizados en cada uno de los regímenes.

El cobro de varias pensiones está sujeto a varios requisitos
El cobro de varias pensiones está sujeto a varios requisitos Envato Elements

Por ejemplo, si en el general te salen 10 años y en el de autónomos 7, habrás cotizado 17 años, siendo tu pensión la correspondiente a la general por ser en el que más tiempo has estado cotizando.

La compatibilidad con otras pensiones

Como podemos ver, esto es lo que sucede con las pensiones contributivas de jubilación, pero la buena noticia es que también hay una excepción con la cual se puede cobrar a la vez la pensión contributiva de jubilación con otra: es la pensión de viudedad.

De esta maneras, debes tener en cuenta que la ayuda por haber perdido al cónyuge es compatible con cualquier prestación que provenga de la renta de trabajo, incluyendo la de incapacidad temporal, la de maternidad o la de paternidad, etc.

Uno de los puntos importantes en el cual debemos fijarnos es que, si bien la pensión de viudedad es la más compatible de todas con otras ayudas, no se puede cobrar con las prestaciones no contributivas, como es el caso de la de jubilación y la de incapacidad.

El Régimen Especial de Clases Pasivas

El Régimen Especial de Clases Pasivas es un caso a parte, ya que afecta a los funcionarios civiles del Estado (miembros de las Fuerzas Armadas y de la Administración de Justicia). Si la pensión de jubilación se le ha reconocido antes del 1 de enero de 2009, esta será incompatible con el trabajo en el sector público, pero no con trabajos en el sector privado.

En caso de que se haya reconocido después de la fecha mencionada, el cobro de la misma es incompatible, tanto con el sector público como con el privado, aunque a partir de abril de 2013 la compatibilidad se da en un 50% (igual que en Régimen General).

En cuanto a las pensiones de viudedad, también existe compatibilidad, aunque para este caso especial hay una serie de requisitos mucho más específicos.

Dicho esto, es posible cobrar varias pensiones contributivas (incluso contributivas y nos contributivas), siempre y cuando se cumplan los requisitos que tiene adscritas todas ellas, así como las normas de compatibilidad que dice la ley.

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