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Un tuitero que se alegró por la muerte de Jimmy es sancionado con 60.000 euros y cinco años sin poder acceder a recintos deportivos

La Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional considera que con ello da un ejemplo para la erradicación de las conductas violentas en el fútbol.

La Audiencia Nacional ha sancionado con una multa de 60.001 euros a un individuo por publicar comentarios ofensivos festejando la muerte de José María Gil Saez, más conocido como Jimmy. El fallecido era un seguidor del Deportivo de la Coruña asesinado por unos ultras del Atlético de Madrid

La sanción fue dictaminada en primera instancia por la Secretaría de Estado de Seguridad. No obstante, el sancionado, Raúl G.R., recurrió dicha sentencia, que ahora ha sido ratificiada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, considerando que sí existió una infracción grave de la ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte

Los hechos datan del 30 de noviembre de 2014, cuando el acusado publicaba en su cuenta de Twitter: "Quiero manifestar mi más absoluta y sincera alegría por la muerte del Depor. Un hijo de puta que no la liará otra vez. Ojalá mueran más". La Guardia Civil ya había iniciado una investigación para detectar comentarios ofensivos hacia la víctima,  y acabó dando con este mensaje, que suponía una falta grave y un claro enaltecimiento de la violencia

El acusado recurrió a la presunción de inocencia, alegando que la cuenta desde donde se lanzaron los mensajes era utilizada por varios amigos. Sin embargo, la Sala consideró que había pruebas suficientes para demostrar que fue él quien había escrito los mensajes ofensivos

Una pena "acorde" con lo hechos

Los fenómenos 'ultra' de los estadios pueden acabar derivando en actitudes violentas
"Los fenómenos 'ultra' de los estadios pueden acabar derivando en actitudes violentas"

Así mismo, el tribunal ha querido recalcar que la sentencia va "acorde a la gravedad de los hechos", ya que "basta una mera lectura" de los tuits para apreciar que "conllevan una clara incitación a la violencia y agresión entre los participantes de encuentros deportivos, generándose un ambiente hostil y de promoción del enfrentamiento entre los seguidores de los equipos de fútbol". 

Igualmente, la Sala rechaza la falta de proporcionalidad de la sanción con el delito, esgrimida por el recurrente, informando de que la pena económica impuesta ha sido fijada en el mínimo cuantitativo

A razón de la prohibición de acceder a recintos deportivos, los expertos consideran que también es "acorde a la gravedad de los hechos en los que se generó la conducta enjuiciada, con la muerte de un hincha de uno de los equipos contendientes y la grave repercusión y alarma social que estos hechos generaron en la opinión pública, unido al interés público de adoptar una política firme en la erradicación de la violencia en el deporte". 

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