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¿Puedo cobrar la paga extra de Navidad si estoy de baja laboral?

Esto es lo que ocurre con la paga extra de Navidad si te encuentras de baja temporal.

¿Puedo cobrar la paga extra de Navidad si estoy de baja laboral?

La paga extra de Navidad llega en un momento en el que los trabajadores utilizan este plus para cubrir los gastos como la compra de regalos en estas fechas señaladas. Es un derecho vigente en el Estatuto de los Trabajadores y de obligado cumplimiento para todas las empresas, que deben cumplir dos pagas extraordinarias: una con ocasión de las fiestas de navidad y otra en el mes que se fije en el convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores, habitualmente en verano.

Pero en este momento surge una duda entre algunas personas, ¿Tenemos derecho a cobrar la paga extra de Navidad estando de baja laboral?

Paga extra si estamos de baja laboral

La paga extra está compuesta del salario base, con el que se cotiza en las nóminas, y también de los complementos especiales. Esta paga extra nunca puede ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que ahora mismo se encuentra en 1.080 euros.

Ahora bien. Estar de baja es una situación de incapacidad temporal, en la que se cobra una prestación que permite cubrir la pérdida de rentas producida por la ausencia de trabajo. Así, dependiendo de la duración de la baja, será la empresa o la Seguridad Social quien la pague.

Ya sea la Seguridad Social a través de la empresa o de forma directa, se proporciona al trabajador una cantidad que depende de la duración de la baja, del origen de la baja y del convenio colectivo.

Sin embargo, a la hora de cobrar la paga extra, este derecho puede verse "limitado" según el tiempo que hayamos estado de baja. Según el artículo 45 del estatuto, la incapacidad temporal es causa de suspensión del contrato y, por ello, se suspende la obligación de las empresas de remunerar el trabajo, ya que el trabajador tampoco tiene obligación de trabajar.

Debido a esto, los empleados de baja reciben la ayuda de la Seguridad Social, cuya cuantía se ha calculado teniendo en cuenta la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Según el portal especializado Iberley, al ser las pagas extraordinarias un salario en diferido que se desvenga día a día, si el contrato de trabajo está suspendido, no se desvengan las pagas extras durante el periodo en que se está de baja laboral. Entonces, del importe que se deba pagar en cada caso, se resta la parte proporcional en la que el trabajador ha estado de baja laboral.

Teniendo presentes estos factores, la respuesta a si se sobra la paga extraordinaria estando de baja temporal es que no se tiene derecho a cobrarla al completo, sino que se recibirá la cantidad proporcional en función del tiempo que hayamos trabajado antes de estar de incapacidad temporal. Por ello, este plus se recortará en función del tiempo que hayamos estado de baja.

Cuándo podrás cobrar la paga extra sin reducciones

A pesar de lo señalado anteriormente, existe una excepción en la que se podrá optar por la paga extra sin reducciones. Esta es si el convenio colectivo establece que el periodo en que se está de incapacidad temporal se considera tiempo efectivo de trabajo. En este caso, las pagas extras sí que se desvengarán, por lo que la empresa deberá abonarlas sin reducciones.

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