Buscar
Usuario

Vida

Ley Trans: Denegar el alquiler, trabajo o entrar a un local a una persona por ser LGTBI se multará con hasta 150.000 euros

La Ley Trans recoge un amplio régimen de sanciones a la hora de proteger al colectivo LGTBI de la discriminación.

Ley Trans: Denegar el alquiler, trabajo o entrar a un local a una persona por ser LGTBI se multará con hasta 150.000 euros

Rechazar a una pareja LGTBI por el mero hecho de serlo a la hora de alquilar, así como renovar dicho arrendamiento porque el propietario se ha enterado de que sus inquilinos pertenecen al colectivo LGTBI acarreará una multa que alcanzará los 150.000 euros. Igual sucederá a la hora de acceder a un local o un puesto de trabajo.

Las sanciones más graves se multarán con entre 10.001 y 150.000 euros. Son hechos graves como el acceso a un puesto de trabajo, el veto a un establecimiento o la imposibilidad de alquilar un piso. También se recogen sanciones "muy graves" como las terapias de conversión o la homofobia en las escuelas,

Serán sanciones "graves" con multas de 2.001 a 10.000 euros no retirar expresiones vejatorias en redes sociales o sitios web, tolerar o promocionar prácticas laborales discriminatorias o negarse a colaborar con una labor de inspección.

Y leves, de 200 a 2.000 euros, vejar a una persona por su identidad sexual o causar daños -que pueden ser pintadas- a bienes del colectivo LGTBI como placas o locales.

Discriminar a una pareja en el alquiler de una vivienda por ser LGTBI puede acarrear serias multas
"Discriminar a una pareja en el alquiler de una vivienda por ser LGTBI puede acarrear serias multas"

Así se recoge en la nueva Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Se trata de una de las infracciones catalogadas como "muy graves" dentro de la norma.

El anteproyecto fue aprobado en el Consejo de Ministros y ahora iniciará su tramitación en el Congreso. La norma también recoge nuevos derechos para el colectivo LGTBI como la autodeterminación de género, la despatologización de la transexualidad, que ha copado todos los titulares y que sigue la estela de organizaciones como la OMS.

La ley, además, recoge un régimen de sanciones para proteger al colectivo contra la discriminación sexual y de género a través de un régimen de infracciones y sanciones a ámbitos como la educación, el trabajo, la salud, el deporte o el ocio. El objetivo es proteger a las personas en ámbitos donde antes se sentían completamente desprotegidas.

La denuncia

Uno de los puntos que se buscan para desacreditar esta norma es la inversión de la carga de la prueba, un principio que el PP, por ejemplo, aceptó en Madrid cuando aprobó su propia Ley LGTBI en Madrid en 2016 pero que ahora quiere derogar con Ayuso en el poder y VOX condicionando el poder.

Este principio se basa en que, cuando se produce un hecho discriminatorio, se deben aportar "indicios fundados sobre su existencia". Si no, no serán válidos. A partir de entonces y siempre y cuando sean válidos, "corresponderá a la parte demandada o a quien se impute la situación discriminatoria la aportación de una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad". El objetivo: no revictimizar a la víctima. El PP quiere derogar este punto en Madrid.

Este principio, además, se basa en la jurisdicción contencioso-administrativa se le añadió en 2007 que en este tipo de procedimientos "corresponderá al demandado probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas".

Artículos recomendados

Contenidos que te pueden interesar