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El Gobierno prohíbe el registro directo de menores nacidos por gestación subrogada

La orden del Ministerio de Justicia sigue la resolución que emitió en diciembre de 2024 el Tribunal Supremo.

El Gobierno prohíbe el registro directo de menores nacidos por gestación subrogada

Adiós al registro de niños por gestación subrogada en España. El Ministerio de Justicia ha aprobado una instrucción por la que prohíbe el registro de los menores de los conocidos como 'vientres de alquiler' procedentes del extranjero. Para recurrir a esta práctica, que está prohibida en España, tan solo se podrá acreditar el vínculo biológico o la adopción.

Esta medida, que se publica este jueves, 1 de mayo, en el Boletín Oficial del Estado (BOE) termina con la posibilidad de inscribir a estos menores en el Registro Civil, a pesar de que exista cualquier tipo de resolución judicial en el extranjero que valide el procedimiento, como ocurría hasta ahora.

La decisión de Justicia adecúa de este modo el pronunciamiento del Tribunal Supremo en 2024, que declaró nulo el contrato de un menor nacido mediante gestación subrogada, a pesar de que entonces había una resolución judicial en Estados Unidos que validaba todo el procedimiento.

"Atenta contra la integridad moral"

La sentencia del Tribunal Supremo se emitió en diciembre de 2024 y declaraba que "la gestación subrogada atenta contra la integridad moral de la mujer gestante y del niño, que son tratados como cosas susceptibles de comercio", por lo que entiende que niega la dignidad del ser humano al ser tratado como un bien comercial y se le niega el derecho a conocer su origen biológico.

El Gobierno prohíbe el registro de los bebés nacidos por gestación subrogada
El Gobierno prohíbe el registro de los bebés nacidos por gestación subrogada Envato Elements

La sentencia defendía el derecho fundamental de las madres gestantes y los menores, puesto que considera que se verían gravemente afectados al potenciar la gestación subrogada comercial, si se facilita que las agencias de intermediación puedan asegurar a sus clientes el reconocimiento prácticamente inmediato mediante el contrato de gestación subrogada.

El Supremo considera que la resolución de Estados Unidos que valida el contrato de gestación subrogada es contraria al orden público y que se impone el interés del menor, puesto que tan solo cuenta con el criterio de los padres que han pagado por acceder a un vientre de alquiler.

La resolución también sigue los criterios de la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que reconoce que los países puedan adoptar medidas para dificultar este tipo de prácticas cuando son contrarias a su propio ordenamiento jurídico.

España considera la gestación subrogada nula de pleno derecho desde 2006. Un contexto que se vio endurecido e 2023, cuando también se catalogó como una forma de violencia reproductiva contra las mujeres. En 2024, según datos oficiales, se registró a 154 menores nacidos por vientres de alquiler en virtud de una resolución judicial extranjera.

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