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Los ciegos y los sordos no podrán casarse sin autorización médica

A partir del 30 de julio de 2017, las personas con discapacidad sensorial tendrán que presentar una autorización médica para contraer matrimonio

El Código Civil se ha endurecido para las personas discapacitadas que quieran casarse, tanto que personas con discapacidad visual o auditiva necesitarán a partir del 30 de julio de 2017 un informe médico que acredite que pueden dar consentimiento al matrimonio, según recoge La Provincia

Las personas con discapacidad sensorial necesitarán permiso médico para casarse
"Las personas con discapacidad sensorial necesitarán permiso médico para casarse"

Esto ha enfurecido a las asociaciones que representan a los sordos y ciegos en España, que ven en la modificación del artículo 56 del Código Civil una grave ofensa contra las personas discapacitadas, por considerar que no son capaces por sí mismas de entender lo que significa contraer matrimonio. En palabras de Miguel Ángel Méndez, presidente del Consejo Territorial de la ONCE en Canarias, se da por hecho "que una persona con discapacidad visual y auditiva no es capaz de entender lo que significa un matrimonio. Me están diciendo que no tengo las facultades para poder entender lo que es el matrimonio".

'Me están diciendo que no tengo las facultades para poder entender lo que es el matrimonio', afirma el presidente de la ONCE en Canarias
"'Me están diciendo que no tengo las facultades para poder entender lo que es el matrimonio', afirma el presidente de la ONCE en Canarias"

El artículo 56 del Código Civil habla sobre la capacidad de dar consentimiento en un matrimonio, y en la actualidad recalca que "si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas, se exigirá dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento". Hasta ahora, estas "anomalías" se referían a deficiencias mentales, pero ahora se ampliará el espectro. 

El artículo 56 quedará de la siguiente manera: "Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el Secretario judicial, Notario, Encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente, dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento".

 

La modificación entrará en vigor el 30 de julio de 2017
"La modificación entrará en vigor el 30 de julio de 2017"

Francisco Bencomo, presidente de Cermi Canarias, cree que la norma es anticonstitucional. "No parece que la modificación sea adecuada porque va en contra de una norma de rango superior, la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, que en sus artículos 5, 12 y 23 da más que razones", explica.

Bencomo espera que la modificación no entre en vigor, puesto que sería un paso atrás en la aceptación y trato hacia las personas con discapacidad de cualquier tipo.

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