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Prisión para cuatro guardias civiles por acoso homófobo: "Un maricón no debería estar en la Guardia Civil"

El Tribunal Supremo confirma la pena de 10 meses de prisión para cuatro agentes por hostigamiento y humillación durante años a un compañero.

Prisión para cuatro guardias civiles por acoso homófobo: "Un maricón no debería estar en la Guardia Civil"

El Tribunal Supremo ha confirmado una pena de 10 meses de prisión para cuatro guardias civiles, uno de ellos teniendo el cargo de cabo primero, que durante años profirieron comentarios, humillaciones e insultos homófobos a un compañero del cuartel de Noia (A Coruña).

El Supremo rechaza íntegramente los recursos de los cuatro condenados y fija una indemnización de 10.000 euros reconocida a la víctima en concepto de daños psíquicos y morales causados por el delito.

Más de diez años de comentarios fuera de lugar

Los hechos probados de la sentencia confirmada recogen que entre 2010, cuando la víctima llegó al cuartel de Noia (A Coruña) y 2014, un cabo primero de la Guardia Civil y otros tres guardias más veteranos que él en el destino, se referían a su persona con expresiones como "maricón", "Maripili´", "fresita", "la mujer del Puesto".

Pero los comentarios no se quedan ahí, van más allá. En concreto, el cabo primero en cuestión hizo comentarios más fuerte, como recoge la sentencia: "Los maricones no deberían de estar en la Guardia Civil", "Muerte a los maricones", "Arriba España y muerte a los maricones", "Prefiero tener un hijo muerto o drogadicto que maricón".

"De estos problemas laborales se quejó al Sargento R., si bien se percató de la poca receptividad de este mando, pues lo tenía por inútil, vago y perezoso, en lo que el guardia X consideraba que era una influencia de sus compañeros", indica la sentencia.

La situación se mantuvo de forma ininterrumpida hasta el 30 de noviembre de 2014, cuando la víctima fue atendida en un centro de salud por una crisis de ansiedad.

Los acusados alegaron que no había pruebas suficientes

Los guardias civiles acusados recurrieron a la sentencia del tribunal de A Coruña alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia. Estimaban que, a su juicio, no había pruebas suficientes.

Sin embargo, el Tribunal Supremo los ha desestimado al destacar que el Tribunal Militar Territorial Cuarto ha realizado una valoración "razonable y razonada" de las pruebas, tanto de la declaración de la víctima como de los testigos que corroboraron su versión.

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