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Un policía se libra de la condena por agredir a dos periodistas porque el delito había prescrito

Las trabas de la Unidad de Intervención Policial y de varias magistradas impidieron que el antidisturbios fuera condenado.

Un antidisturbios se libra de una condena tras golpear a los periodistas Mario Munera y Juan Ramón Robles durante la manifestación 'Jaque al Rey', del 29 de marzo de 2014. El motivo, como señala el juez, quien corrobora estos hechos, es que el delito ya ha prescrito. De esta forma, el agente de Policía 98.373 ha sido absuelto, y no tendrá castigo alguno por su actuación ese día. 

La Comisión Legal Sol, encargada de la defensa de los periodistas, ha realizado un comunicado explicando el largo proceso y las distintas etapas por las que ha pasado la denuncia, cuyo desenlace "se ha convertido en un ejemplo más de cómo distintos factores posibilitan la impunidad, en este caso, de los funcionarios de la Unidad de Intervención Policial (UIP), cuando se extralimitan sus funciones".

Cuatro años de trabas

Tras el ataque policial a varios profesionales de la información el 29M, cuatro de ellos acudieron días después a los Juzgados de Plaza Castilla a interponer una denuncia. Como los antidisturbios no llevaban el número de identificación visible, en contra de lo que establece la normativa, la jueza María Isabel Garaizabal pidió a la UIP que identificara a los agentes. 

La respuesta de la institución policial, a pesar de que los denunciantes habían incorporado a la causa vídeos que demostraban los hechos, fue que "no se tiene conocimiento ni constancia de que funcionarios adscritos a la UIP hubiesen provocado lesiones". Para la magistrada del Juzgado de Instrucción nº46 de Madrid, esto fue suficiente para cerrar el caso

Ante el recurso de los periodistas, la Audiencia Provincial de Madrid reabrió la causa, pero solo para Mario Munuera y Juan Ramón Robles, ya que en ambos casos las agresiones sufridas se ven claramente en los vídeos. Finalmente se logró identificar e imputar a un solo antidisturbio.

El asunto llegó a manos de la jueza Caridad Hernández García, que no consideró el acto policial un delito contra la libertad de información, sino como una falta por lesiones. La magistrada concluyó que no hubo ataque contra la libertad periodística porque no les retiraron las cámaras

Mario Munuera y Juan Ramón Robles volvieron a recurrir, esperando que la Audiencia Provincial modificara la situación, y el tipo de delito por el que era imputado. El Juzgado tardó seis meses en mandar el recurso, y la Audiencia Provincial ocho en resolverlo.

En su respuesta, la Sección 17 de Audiencia Provincial no solo mantuvo el delito de lesiones ("No existen indicios de que el agente pretendiera impedir el ejercicio de la libertad informativa de periodistas presentes", señalaría en su Auto), sino que incluso culpó a los periodistas por haber recibido porrazos, debido a "la falta de unas alusiones expresas a la labor del ejercicio del periodismo por parte de los golpeados". 

Por si fuera poco, el delito prescribía a los seis meses de su tramitación. La Audiencia Provincial tardó ocho, por lo que el juicio tenía ya poco sentido. Este se celebró el 22 de febrero, y, aunque el juez José María Escribano Lacleriga probó el delito de lesiones del único antidisturbios identificado al golpear a dos periodistas en brazos y nuca, nada se pudo hacer al prescribir el caso, y el acusado se marchó a casa sin sanción alguna. 

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