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Madrid también dio orden a los ambulatorios de no derivar a ancianos a hospitales

Entre los criterios del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso para discriminar a pacientes estaban que tuvieran más de 80 años.

Madrid también dio orden a los ambulatorios de no derivar a ancianos a hospitales

El escándalo en torno a la actuación con los ancianos en plena pandemia del coronavirus adquiere una mayor dimensión en la Comunidad de Madrid. El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso no sólo envió a los hospitales protocolos en los que se indicaba no derivar a los ancianos de residencias de mayores, también los remitió a los ambulatorios, que atendían a pacientes en sus domicilios.

El protocolo enviado el 23 de marzo a los centros de salud, sgún publica El País, explicaba que se preveía una "situación excepcional y de catástrofe", con el aumento de pacientes de coronavirus, y daba pautas para "priorizar la asistencia". Así, recomendaba que los pacientes con posible infección y dificultad para respirar permanecieran en sus domicilios y no fueran trasladados a los hospitales dependiendo de su edad y su estado de salud.

Son cinco los criterios que apunta el Gobierno de Ayuso para discriminar a pacientes y no derivarlos a hospitales: tener más de 80 años y enfermedad de órgano terminal (insuficiencia cardiaca crónica avanzada, enfermedad obstructiva crónica grave, cirrosis hepática, insuficiencia renal crónica grave) y/o CFS [escala clínica de fragilidad] igual o mayor que 5; estar en una escala clínica de fragilidad de 8-9; tener demencia moderada o grave; padecer un cáncer terminal, o tener cualquier enfermedad y una expectativa de vida inferior a un año.

En caso de "pacientes con compromiso respiratorio no susceptibles de derivación al hospital", el protocolo diseñado por el Gobierno madrileño señalaba que se debía "realizar tratamiento sintomático para el alivio y el confort".. El tratamiento indicado consistía en administrar cloruro mórfico y si no se solucionaba la dificultad para respirar, añadir midazolam. El documento preveía administrar otros medicamentos en caso de fiebre o de "agitación o vómitos".

El protocolo señala que, si es posible, "es recomendable que las decisiones sean tomadas por al menos dos profesionales sanitarios", que cuenten con toda la información disponible en el momento "para que dichas decisiones sean las mejores".

La explicación de la Consejería de Sanidad

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La Consejería de Sanidad ha defendido que "el documento fue modificado" en una fecha posterior, aunque no precisa cuándo, y que en este segundo protocolo se eliminó la edad del paciente (más de 80 años) como uno de los criterios. También cambió la frase "se valorará su permanencia en domicilio" por "se valorará clínicamente y de forma individualizada la adecuación de su permanencia en domicilio".

Los tres criterios para los que se recomienda no derivar al hospital quedaron redactados posteriormente así: "Paciente con enfermedad de órgano terminal (insuficiencia cardiaca crónica avanzada, enfermedad obstructiva crónica grave, cirrosis hepática, insuficiencia renal crónica grave) y/o CFS mayor o igual que 5; paciente con escala clínica de fragilidad (CFS) de 8-9, paciente con cáncer en fase terminal".

Lo que este nuevo protocolo, enviado a los centros de salud, demuestra que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso mintió cuando afirmó que se habían enviado borradores "por error".

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