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La Justicia mantiene la calle a la División Azul en Madrid porque apela a los nazis y no al franquismo

El TSJM considera que no es exaltación de la dictadura y que por tanto no afecta a la Ley de Memoria Histórica.

La Justicia mantiene la calle a la División Azul en Madrid porque apela a los nazis y no al franquismo

Redacción

13 Mayo 2021 10:44

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decidido mantener en el callejero la de la calle Caídos de la División Azul, situada en el distrito de Chamartín, en lugar del nombre que le concedió el Ayuntamiento de Madrid en época de Manuela Carmena, Memorial 11 de marzo de 2004, en homenaje a las víctimas de los atentados del 11M. La regidora cambió el nombre de varias calles de la capital que consideraba que vulneraban la Ley de Memoria Histórica de 2007 y que hasta su llegada al Consistorio había sido ignorada.

Sin embargo, la resolución judicial que desestima el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 8 de Madrid, que anuló el cambio en abril de 2018. Además, imponen al Ayuntamiento de Madrid las costas procesales, que fue quien recurrió, después de dar la razón a una asociación de familiares de los soldados de la División Azul que lucharon junto a los nazis frente a la URSS.

No relacionada con la dictadura

Los magistrados entienden que la citada calle no se relaciona con "una nomenclatura directa y activamente relacionada con la dictadura", por lo que no vulnera la Ley de Memoria Histórica. "No ha existido errónea valoración de la prueba por parte de la juez de instancia, que acertadamente ha concluido que no se ha realizado, respecto del caso que nos ocupa, una correcta aplicación de la Ley 52/2007", estiman.

Ratifican así la sentencia anterior y no creen que el cambio de calle "contenga suficiente y debida motivación" y que, en definitiva, no cumple con el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica que apela a la retirada de homenajes, insignias, placas y menciones "de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura" y que establece la excepción "cuando las menciones sean de estricto recuerdo privado".

"La División Española de Voluntarios, conocida como División Azul, se formó en junio de 1941, por lo que, obvio es decirlo, no existía ni en el momento de la sublevación militar de 18 de julio de 1936, ni tampoco en la posterior guerra civil (1936-1939)", reza la sentencia. Y, añade, aunque naciese durante la dictadura, no se explica en la decisión del cambio de calle "qué concreta actividad represiva, propia de la Dictadura, pudo desplegar". La sentencia incluso señala que su integración en la Wehrmacht nazi "no supone exaltación de la actividad represiva de la Dictadura" y subraya que "fue una unidad de voluntarios que se constituyó para luchar contra el Bolchevismo durante la Segunda Guerra Mundial".

También se insiste en que la calle la denominación de la calle ni siquiera es 'División Azul' sino 'Caídos de la División Azul', lo que, consideran, "recuerda o ensalza a las personas que perdieron la vida en el frente soviético durante la Segunda Guerra Mundial". Por esto, los magistrados señalan que su supresión no cumple la Ley de Memoria Histórica puesto que "no se consigue fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles".

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