Buscar
Usuario

Vida

La Justicia Europea avala la prohibición del velo integral

Bélgica contempla incluso penas de cárcel contra todas las mujeres que decidan portar un niqab en un lugar público.

La prohibición del niqab o velo integral es una medida "proporcional" y "necesaria" en el "marco de una sociedad democrática". Así de contundente se ha mostrado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que ha afirmado que la prohibición de esta vestimenta no viola ninguno de los derechos fundamentales recogidos en la Convención Europea de Derechos del Hombre, ni es discriminatoria.

La decisión llega como consecuencia de una demanda interpuesta por una mujer llamada Fouzia Dakiz en 2008, que consideró que las normativas de tres municipios de la provincia de Lieja, que habían prohibido portar la mencionada vestimenta en lugares públicos, suponían una completa vulneración de sus derechos fundamentales.

Fouzia acudió al Consejo de Estado, que rechazó su recurso en 2011. Una decisión que sirvió para que Bélgica aprobase una ley que prohibía expresamente el uso del burka y el niqab en lugares públicos, planteando incluso penas de cárcel en dichos casos.

Las mujeres no pueden usar niqab en lugares públicos de Bélgica desde 2011
"Las mujeres no pueden usar niqab en lugares públicos de Bélgica desde 2011"

Ante toda esta situación, la mujer terminó llevando al estado belga ante el Tribunal de Estrasburgo, ante lo que consideraba una violación del respeto a la vida privada y familiar y la libertad de pensamiento, conciencia y religión.

Ahora, el tribunal se pronuncia y afirma que jamás hubo ninguna violación de los derechos humanos, y únicamente concede a la denunciante que las autoridades vulneraron su acceso a la Justicia por el simple hecho de juzgar con excesivo formalismo su recurso.

De esta forma, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos adopta una decisión coherente con sus anteriores sentencias, como cuando permitieron que las empresas del Viejo Continente prohibiesen el uso del velo islámico en el puesto de trabajo.

Este mismo martes, de hecho, el tribunal emitió una decisión similar en el proceso abierto por una mujer belga y otra marroquí, que querían también combatir el veto impuesto en Bélgica desde 2011. 

Una sentencia que contradice a lo aplicado en España

La Justicia española obligó a Acciona a indemnizar a una trabajadora con 12.000 euros por no permitirle usar el hiyab en el puesto de trabajo
"La Justicia española obligó a Acciona a indemnizar a una trabajadora con 12.000 euros por no permitirle usar el hiyab en el puesto de trabajo"

El fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha contradicho a las sentencias aplicadas en nuestro país.

El pasado 14 de febrero, una jueza de Barcelona terminó por condenar a Acciona a indemnizar con 12.000 euros y volver a contratar a una trabajadora del aeropuerto del Prat por un delito contra la libertad religiosa. Además, se vio obligada a pagar la nómina que había dejado de percibir durante todo el tiempo que había estado apartada de su puesto de trabajo.

La empleada había anunciado en 2015 su intención de usar el hiyab tras ocho años trabajando en la empresa. A pesar de una primera respuesta afirmativa, la compañía le prohibió seguir con él e incluso llegó a imponerle varias sanciones por continuar con el velo.

Al tiempo, terminaron despidiéndola, aunque la jueza en este caso tuvo en cuenta que la empresa no había prohibido el velo de manera específica en sus estatutos, así como que la empleada no había realizado ningún tipo de daño a Acciona.

Artículos recomendados

Contenidos que te pueden interesar