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El fuego del incendio de Campanar (Valencia) se originó por un electrodoméstico y no en un toldo

A partir de las investigaciones realizadas por Policía Nacional, la delegada del Gobierno confirma que fue un hecho fortuito.

El fuego del incendio de Campanar (Valencia) se originó por un electrodoméstico y no en un toldo

El fuego que provocó el incendio en el edificio de Campanar , en Valencia, que se cobró la vida de 10 personas se originó en el interior de la vivienda por un electrodoméstico en la cocina. Así lo ha confirmado la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, en declaraciones a los medios de comunicación.

Bernabé ha destacado que fue un "hecho fortuito" y que las investigaciones apuntan que no hay un "hecho penal". También ha señalado que las aseguradoras ya pueden empezar a evaluar los daños para proceder a las correspondientes indemnizaciones.

De esta manera, se descarta la tesis de que un fallo eléctrico en el toldo fuera el causante del incendio que acabó, tras una rápida propagación, consumiendo en llamas tanto el edificio donde se originó el incendio como el contiguo.

Se puede empezar a trabajar

Bernabé ha añadido que "a partir de este momento podrán trabajar y ver cuáles son todas las cuestiones que tengan que ver con los afectados" para que estos puedan "volver a empezar su proyecto vital".

El Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, encargado de investigar el incendio, acordó el sobreseimiento provisional de la causa después de que la Brigada Provincial de Policía Judicial de Valencia del Cuerpo Nacional de Policía comunicase que las primeras investigaciones permitían descartar el origen criminal o delictivo del incendio.

El juzgado, a la vista de esta información, acordó provisionalmente el sobreseimiento de las actuaciones a la espera de que concluyan las investigaciones y análisis policiales oportunos, que continúan para poder esclarecer el origen concreto del incendio que tuvo lugar el pasado 22 de febrero. Por otro lado, el juzgado de instrucción autorizó el acceso de las compañías aseguradoras al inmueble siniestrado, con supervisión policial, al objeto de permitir la realización de las oportunas gestiones para indemnizar a los perjudicados, ya que esta medida no interfiere en las investigaciones policiales.

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