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¿Cuánto cobra un exministro? ¿Tienen sueldo vitalicio?

Un rumor muy extendido apunta a que los exministros y exministras tienen derecho a una pensión vitalicia como los ex presidentes del Gobierno.

¿Cuánto cobra un exministro? ¿Tienen sueldo vitalicio?

El inicio de una nueva legislatura suele traer consigo el cambio de algunos ministros y ministras. Tras la promesa de los nuevos ante la Constitución y el rey, el traspaso de carteras con los salientes escenifica el cambio de etapa aunque el Gobierno continúe siendo del mismo color.

Con la XV Legislatura, aunque se ha repetido el número de ministerios, 22, del anterior gabinete solo continúan 13 ministros que han dado la bienvenida a nueve caras nuevas que compondrán en renovado Consejo de Ministros.

Entre los que salen, hay seis socialistas: Pilar Llop se ha despedido de Justicia, que pasa a manos de Félix Bolaños; Raquel Sánchez traspasa Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a Óscar Puente e Isabel Rodríguez; Héctor Gómez deja Industria, Comercio y Turismo a Jordi Hereu; José Manuel Miñones cede Sanidad a Mónica García; y Miquel Iceta deja paso a Ernest Urtasun en Cultura.

De la parte de Unidas Podemos, son cuatro los que se despiden: Ione Belarra y Alberto Garzón dan sus carteras, Derechos Sociales y Agenda 2030 así como Consumo, a Pablo Bustinduy; Irene Montero hace lo propio con Igualdad, ahora a cargo de Ana Redondo; y Universidades de Joan Subirats es absorbida por la cartera de Diana Morant.

Pensión indeminizatoria por un máximo de dos años

Durante los años al frente de su cartera, el sueldo que perciben es de 79.415 euros brutos al año. Un salario que dejan de recibir en el momento que abandonan en cargo. Sin embargo, se ha extendido un rumor que apunta a que tendrían un sueldo vitalicio, algo que es completamente falso. Los únicos que tienen derecho a ello son los ex presidentes del Gobierno.

Lo que sí les corresponde a los exministros y exministras es una pensión indeminizatoria equivalente al 80% de su retribución anual durante el mismo tiempo que han estado en el cargo y hasta un máximo de dos años, según la Ley 74/1980. Es decir, percibirán 5.294 euros al mes aunque, si lo consideran, pueden renunciar a ello.

Cabe señalar que esta prestación, desde 2012, es incompatible con cualquier otra retribución derivada de actividades públicas o privadas. Además, en un período de dos años tras el cese, las personas que hayan ejercido como altos cargos que quieran prestar servicios en entidades privadas deben solicitar y obtener la autorización de compatibilidad por parte de la Oficina de Conflictos de Intereses.

Esto no fue siempre así. Los ministros y ministras disfrutaron de una paga vitalicia hasta 1980, cuando se eliminó el artículo 41 del Decreto 1120/1966, de 21 de abril, que recogía el abono de un sueldo de por vida para este cargo, y se limitó a dos años.

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