Buenas noticias para todos los pensionistas en España. Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado que los jubilados tendrán derecho a percibir una compensación que hasta ahora solo estaba destinada a las mujeres.
Como los hombres no podían recibir dicho montante, el TJUE ha dictaminado que existe una discriminación por cuestión de género. Se trata del complemento por brecha de género, una ayuda que las mujeres recibían con motivo de compensar la desigualdad entre hombres y mujeres en el cuidado de los hijos.
El importe se fijó en 2025 en un total de 35,90 euros mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro. En el caso de tenerlos, se podría llegar a alcanzar anualmente un total de más de 2.000 euros, que supondrá un alivio relevante para muchas familias.
Los recursos se están aprobando
En todo caso, hay que señalar que este complemento no llegará a todos los hombres jubilados. Solo serán aquellos que hayan sido padres en algún momento y cuya pensión se haya concedido a partir de febrero de 2021.

En ese momento, se debe justificar que la carrera profesional del progenitor se ha visto afectada por el cuidado del hijo. Este hecho se puede demostrar en base a la pérdida de cotización, interrupciones laborales derivadas del nacimiento del menor o los trámites en la adopción de los hijos.
Hay que destacar que existen dos casos diferentes. En el primero, se podrá percibir en el caso de que los hijos hayan nacido o hayan sido adoptados antes del 31 de diciembre de 1994. En ese caso, los hombres deben haber tenido más de 120 días sin cotizar entre los meses del embarazo y los tres años posteriores al nacimiento o adopción.
En el otro caso, si los hijos son posteriores al 1 de enero de 1995, la Seguridad Social exige que la base de cotización en los dos años posteriores al nacimiento sea un 15% inferior a la de los 24 meses previos. Además, la pensión del varón debe ser más baja que la que correspondería a la mujer en una situación similar.