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Caso Arandina: Absuelven a uno de los exjugadores condenados y rebajan la pena a otros dos

Los exjugadores de la Arandina condenados por delitos de agresión sexual a una menor han visto reducida su pena gracias a los recursos interpuestos.

Caso Arandina: Absuelven a uno de los exjugadores condenados y rebajan la pena a otros dos

La Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha acordado la absolución de R.C.H. y ha rebajado las condenas a 'Lucho' (C.C.S.) y 'Viti' (V.V.R.), los exfutbolistas de la Arandina que fueron condenados por delitos de agresión sexual a una menor.

Los jóvenes habían sido condenados a 38 años de prisión cada uno por la Audiencia Provincial de Burgos, aunque ahora se ha rebajado a penas de cuatro y tres años de cárcel a los dos acusados, mientras que se ha excluido de responsabilidad a R.C.H.

Gracias a los recursos interpuestos por sus defensas, el Tribunal ha interpretado que los hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual, cometido en la persona de una menor, pero ha tenido en cuenta atenuantes como la cercanía de edad o la proximidad en el grado de madurez con la víctima. 

Credibilidad sobre los hechos, pero el tribunal no ve intimidación

R.C.H. (derecha) ha sido el único absuelto tras la revisión de la causa
"R.C.H. (derecha) ha sido el único absuelto tras la revisión de la causa"

La sentencia, además, señala que la declaración de la menor goza de plena credibilidad respecto a la realidad de los hechos que ocurrieron en el salón del piso, tras haber valorado vídeo, conversaciones y mensajes telefónicos.

No obstante, carece de ella en cuanto a la forma que según la víctima se produjeron. La Sala, por su parte, no considera que existiera intimidación al aprecir la cantidad de contradicciones que hubo en su declaración.

La menor alegó que habría masturbado y practicado felaciones a los tres acusados a causa del bloqueo que le provocó el miedo pero, por otra parte, intercambió mensajes de contenido sexual con uno de ellos y aceptó acudir a su casa diversos días posteriores. Además, mantuvo voluntariamente una relación sexual completa con uno de ellos en la habitación contigua, algo de lo que alardeó posteriormente con sus amistades. 

Estas contradicciones son la fuente de las fisuras en la credibilidad de la declaración, que no ha sido corroborada por los elementos periféricos a la misma. Las declaraciones testificales que narraron lo contado por la propia menor, los mensajes telefónicos en el teléfono o el hecho de que ella acudiera por voluntad propia no muestran que estuviera condicionada o atenazada por el miedo.

No obstante, además de la pena, los acusados tendrán que indemnizar conjuntamente a la víctima con la suma de 10.000 euros. 

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