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Pena mínima por abuso sexual porque a la víctima "le faltó contundencia" para decir "no"

La Audiencia de Lleida ha condenado a la pena mínima a un hombre acusado de violar a una mujer con discapacidad intelectual.

La Audiencia de Lleida ha condenado a dos años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de una mujer con discapacidad intelectual. El segundo implicado en el caso, menor de edad, cumplió ya 20 meses de libertad vigilada por el mismo delito, y un tercer acusado que fotografió la agresión ha sido finalmente absuelto.

La Fiscalía pedía en un principio siete años de prisión para ambos encausados, pero el Tribunal ha impuesto la pena mínima para el único condenado alegando la falta de contundencia de la víctima a la hora de rechazar las relaciones sexuales y un error de percepción en el acusado sobre el consenimiento. Según los jueces, el acusado pudo "no detectar la disminución que padecía".

Los magistrados han decidido atenuar aún más la pena al considerar que la víctima accedió de forma voluntaria a acompañar al acusado y sus compañeros al domicilio donde se produjo la violación, y que su discapacidad era "dificil de distinguir a simple vista tal y como pudo comprobar la sala y como declararon tanto las forenses como la psicóloga".

La narración de los hechos

La Audiencia de Lleida ha impuesto la pena mínima para el acusado de violación
"La Audiencia de Lleida ha impuesto la pena mínima para el acusado de violación"

La sentencia, sin embargo, considera probado que los acusado mantuvieron en mayo de 2017 una relación sexual con la víctima en la que la joven llegó a manifestarles que se estaban "pasando un montón" y expresó su rechazo, a lo que los agresores contestaron "quédate, quédate".

Además, la sentencia afirma que la chica pidió ir al lavabo y los dos acusados mayores de edad se fueron del piso quedándose la joven con el menor de edad hasta las 8:30 de la mañana, hora en que salió ella sola de la vivienda.

A pesar de la descripción de los hechos, la Audiencia de Lleida ha condenado con la pena mínima a tan solo uno de los tres acusados de abuso sexual y  continúa de esta forma el patrón que la justicia ha iniciado con los casos de violaciones grupales como el de 'La Manada' al considerarlos 'abusos sexuales'  y cuestionar la forma en la que las víctimas se niegan a mantener relaciones sexuales.

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