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El motivo por el que Hacienda se puede quedar todo el dinero de tu cuenta bancaria

Hay un supuesto legal, recogido en la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, por el que Hacienda se puede quedar con nuestros ahorros.

El motivo por el que Hacienda se puede quedar todo el dinero de tu cuenta bancaria

Redacción

08 Enero 2022 11:18

Existe un supuesto legal en el que el Estado pasaría a quedarse todo el dinero existente en una cuenta bancaria. Se trata de algo excepcional pero que cada año acaba reportando un buen pellizco para Hacienda, que a través de este método recaudó en el año 2019 cerca de 12 millones de euros.

Las oficinas bancarias tienen la obligación de notificar cualquier tipo de movimiento sospechoso en una cuenta bancaria, así como los traspasos de grandes cantidades de dinero, por lo que existe un límite a partir del cual el banco alertará a Hacienda, así como si se registran ciertos movimientos relacionados que pueden ser constitutivos de delito o fraude.

Todo lo contrario del supuesto que se recoge en la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado, según la cual, en el caso de que una cuenta bancaria lleve inactiva 20 años, esta pasará a ser propiedad de la Agencia Tributaria y, por tanto, del Estado. Así se especifica en el artículo 18, que especifica:

"Corresponden a la Administración General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de veinte años".

Cuenta bancaria inactiva

Las cuentas bancarias inactivas son aquellas que, por el motivo que sea, llevan 20 años sin registrar ningún tipo de movimiento, así como que no consta ninguna indicación por parte del titular. Esa cuenta podría considerarse olvidada, por lo que al darse el plazo estipulado de forma legal la oficina bancaria alertará a Hacienda de que se cumple el requisito indispensable para activar dicho proceso.

Suelen ser casos en los que el titular ha fallecido y no hay herederos o estos no han tramitado la herencia o en los que la cuenta se reserva a la mayoría de edad del beneficiario y no se ha hecho movimiento alguno.

Tras la indicación por parte de la oficina bancaria a Hacienda, se abrirá un plazo de reclamaciones de titulares o herederos, con publicación en el BOE, para que se anuncie de forma legal que se ha iniciado un expediente que puede acabar con el vaciado de la cuenta bancaria. Si no se obtiene respuesta y la cuenta sigue sin movimientos o reclamaciones de los titulares Hacienda acabará quedándose todo el dinero ingresado en dicha cuenta.

Según especifica esta ley, el dinero estará destinado "a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad".

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