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Llevar mascarilla en el coche es obligatorio: la multa a la que te expones en estos casos

El Gobierno recoge seis excepciones al uso de mascarilla, aunque algunas comunidades incluyen más restricciones por las que también podrían sancionar.

Llevar mascarilla en el coche es obligatorio: la multa a la que te expones en estos casos

El uso de mascarillas se ha impuesto en toda España, ya sea en lugares abiertos o cerrados, con el objetivo de reducir la expansión del coronavirus en la medida de lo posible. Esta norma se realiza, incluso, aunque se cumpla la distancia de seguridad o sea en ámbitos privados como el interior de nuestro vehículo.

Porque la mascarilla no se mantiene ajena a los desplazamientos. En los transportes colectivos, ya sea el autobús, avión, barco o metro, es obligatoria en todo momento, siempre tapando nariz y boca.

Pero el vehículo privado no se mantiene ajeno a esta normativa. De hecho, la DGT puede multarte si conduces dentro de tu coche sin la mascarilla. No sucede en todos los casos, sino que la norma que recoge las restricciones de la 'nueva normalidad' contempla los escenarios en los que se enfrenta multa.

Sanciones de 100 euros y las restricciones especiales que imponen algunas comunidades

Las sanciones alcanzan 100 euros y hay algunas restricciones especiales en algunas autonomías
"Las sanciones alcanzan 100 euros y hay algunas restricciones especiales en algunas autonomías"

La 'broma' de viajar en tu coche sin mascarilla puede salir cara: se contempla con multas de hasta 100 euros. En este caso, primero hay que tener en cuenta las restricciones: en vehículos con una fila de asientos solo pueden viajar dos personas y en el resto, hasta de nueve plazas, solo podrán llenarse si se trata de personas que conviven en el mismo domicilio.

En el caso de que se comparta residencia, no habrá obligación de portar mascarilla. Tampoco la habrá si la persona en cuestión viaja sola sin acompañantes. Sin embargo, si se entra en el vehículo con alguien que vive en otra vivienda, siempre hay que portar mascarilla. Si la policía nos para y comprueba esta circunstancia en la documentación, las sanciones ascienden hasta los cien euros para todos los ocupantes.

En concreto, hay seis excepciones para no llevar mascarilla al volante: personas con dificultad respiratoria a las que la mascarilla puede causar un empeoramiento, motivos de salud justificados, además de personas dependientes con alteraciones que hagan inviable el uso de mascarilla. Fuera de ello, se incluye viajar solo o con personas con las que se convive.

A todo ello se suma el marco autonómico, lo que provoca que algunas circunstancias sean objeto de multas en determinados territorios y, en otros, no. Un ejemplo se encuentra en la Región de Murcia, que ha limitado al 50% la ocupación de vehículos para personas no convivientes. Si el coche dispone de cinco plazas, solo pueden viajar tres.

No hay que olvidar que las comunidades autónomas son las responsables, en estos momentos, de regular la movilidad en sus territorios. Este caso, junto al avance de la situación epidemiológica, provoca cambios en cada territorio, por lo que conviene revisar especialmente si planificamos un viaje.

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