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Nueva ley de tráfico: Las multas de la DGT que llegan a partir de septiembre

Sujetar el móvil o llevar un detector de radares son algunas de las nuevas sanciones que la DGT se plantea introducir próximamente.

Nueva ley de tráfico: Las multas de la DGT que llegan a partir de septiembre

La Dirección General de Tráfico (DGT) está preparando un nuevo paquete de sanciones dentro de la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos de Motor y Seguridad Vial. Todavía debe ser aprobado por las Cortes Generales, por lo que su aplicación podría ser efectiva a partir de este mes de septiembre. Aquí te dejamos una lista de algunas de ellas, por si todavía sigues haciéndolo... tienes tiempo para cambiar antes de que la Ley entre en vigor, aunque nosotros te recomendamos que lo hagas por seguridad y no por el miedo a la multa.

1 Sujetar el teléfono móvil

Hasta ahora se podía multar si se usaba el móvil durante la marcha del vehículo; ahora entrará también el llevarlo sujeto, aunque no se esté usando. Además de la multa de 200 euros -esto no cambia-, al conductor también se le sancionará retirándole entre 3 y 6 puntos del carnet.

2 Detección de radares

La Dirección General de Tráfico tipifica como infracción grave los detectores de radares, aunque la policía no haya visto al conductor utilizándolos. Esto supondrá la sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos.

3 Límite de velocidad

Por otra parte, también se plantea prohibir la posibilidad, hasta ahora vigente, de poder rebasar para adelantar en 20 km/h el límite de velocidad máximo en un carretera convencional. La supresión de esta medida, que ya había sido eliminada en el resto de países de la Unión Europea, refuerza el mensaje de que la maniobra de adelantamiento conlleva un riesgo de colisión frontal.

4 Fraude en los exámenes

Esta es una nueva infracción muy grave: cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.

5 Uso del cinturón de seguridad

La DGT eleva de tres a cuatro puntos la sanción por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, incorpora explícitamente como causa de sanción el mal uso de estos elementos porque las consecuencias negativas para la seguridad del conductor son las mismas.

6 Uso del casco en patinetes eléctricos

Se plantea incluir en esta nueva Ley la necesidad de hacer obligatorio el uso del casco para los usuarios de patinetes eléctricos y otros vehículos similares.

El Reglamento de Circulación explica que "los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes". En relación con esto y en su lucha contra la contaminación, se ha añadido una nueva sanción que ya se lleva a cabo en algunas comunidades como la Comunidad de Madrid:

7 No apagar el motor

No apagar el motor cuando el vehículo permanezca parado en un estacionamiento. No cumplir con esta norma acarreará una multa de 100 euros al conductor. De esta forma el motor del vehículo sólo deberá estar encendido para circular, siendo igualmente multado aunque el conductor permanezca en el interior del vehículo.

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