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Política

Ley de paridad: claves de la nueva regulación

El Gobierno ha aprobado en Consejo de Ministros una nueva norma para garantizar la paridad en órganos de decisión.

Ley de paridad: claves de la nueva regulación

Redacción

09 Marzo 2023 11:50

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado la creación de una nueva ley de paridad con el objetivo de garantizar la representación igualitaria entre hombres y mujeres en los órganos de decisión. La norma ha sido aprobada este martes 7 de marzo en el Consejo de Ministros y tiene la intención de ahondar en la igualdad en la composición de grandes empresas, gobiernos y listas electorales.

"Si la mujer representa la mitad de la sociedad, el poder político y el poder económico tienen que ser también de las mujeres", ha defendido Pedro Sánchez. Esta norma cuenta con el aval de la parte socialista del Ejecutivo, mientras que Unidas Podemos no se ha mostrado favorable, ya que considera que su postura no es que "unas pocas mujeres" vayan a "reventar techos de cristal", sino proteger a las clases más bajas, por lo que piden extender la medida a otros organismos.

La aprobación de esta norma trae consigo cambios legislativos en otras leyes, como la modificación del régimen electoral general o del mercado de valores y servicios de inversión. El objetivo claro es garantizar la paridad en los puestos clave.

Administración pública

La norma extiende el objetivo de su naturaleza, en primer lugar, a las propias administraciones públicas. Los nombramientos de las personas que ejerzan las vicepresidencias y los ministerios deberán mantener un equilibrio y, por este motivo, deberá haber al menos un 40% entre hombres y mujeres.

La misma norma también se extiende a los órganos superiores y directivos de la Administración, entre las que se encuentran las secretarías de Estado y direcciones generales, de forma que se garantice que no se supere el 60% en la representación de ninguno de los géneros. Esto afectará a los organismos autónomos, las agencias, empresas públicas o fundaciones, así como personas con contratos de alta dirección.

Cuando la ley entre en vigor, los organismos tendrán un plazo máximo de cinco años para alcanzar una presencia equilibrada entre mujeres y hombres en los ámbitos señalados.

Elecciones y partidos políticos

También se establece el mecanismo de listas cremallera para garantizar la paridad en las convocatorias electorales, de forma que la elaboración de listas de partidos políticos sea compuesta por personas de sexos que sean ordenadas por sexos alternos, aunque no se han establecido porcentajes concretos.

Esta tipología de listas cremallera se extiende a todos los procesos electorales que se vayan a realizar en España, en todas las listas electorales, ya sea el Congreso de los Diputados, municipios, cabildos, consejos insulares, Parlamento Europeo o Asambleas Legislativas de las Comunidades, así como cuando las candidaturas para el Senado se agrupen en las listas.

Empresas

Las empresas que se vean afectadas por esta reforma deben asegurar que su consejo de administración tenga una composición con presencia mínima del 40% de consejeros del sexo con menor representación. Además, se velará para que dicha composición tenga opción de alcanzar la alta dirección de la empresa. La norma también prevé la necesidad de publicar un informe anual sobre igualdad de género en el consejo de administración para hacer un seguimiento el cumplimiento de la ley.

Esta legislación se aplicará en todas las sociedades cotizadas a partir del 1 de julio de 2024 y se extenderá a julio de 2026 para aquellas empresas que tengan la consideración de entidad de interés público y a las grandes empresas, aquellas que cuenten con más de 250 trabajadores y cuyo importe neto de la cifra anual de negocio supere los 50 millones de euros o el total de partidas de activo sea superior a 43 millones de euros.

En caso de incumplir la ley por no aplicar paridad o elaborar informes anuales, se prevé que se impongan sanciones en el marco de la Ley de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión.

Jurados y órganos colegiados

La ley también recoge la obligación de contar con una representación mínima del 40% del género menos representado en los puestos de las Juntas de Gobierno en los Consejos Generales y los Colegios Profesionales, así como en la composición de tribunales, jurados u órganos colegiados constituidos para otorgar premios o condecoraciones financiados o concedidos por organismos y representantes del sector público.

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