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La Justicia avala el cartel de VOX contra los niños no acompañados: "Son un evidente problema social y político"

Los jueces califican la publicidad contra los menores de edad como un "eslogan electoral" y se mantiene ajeno a "si las cifras son o no veraces".

La Justicia avala el cartel de VOX contra los niños no acompañados: "Son un evidente problema social y político"

Redacción

05 Julio 2021 13:09

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso contra las medidas cautelares presentado por la Fiscalía, al que se sumó el PSOE, contra VOX, por la colocación de carteles electorales contra los Menores No Acompañados. La formación ultraderechista siempre apela a ellos bajo el acrónimo de MENAs, es decir, niños tutelados porque se encuentran sin la compañía de un adulto que se haga responsable de él.

Según los jueces, la publicidad del partido contra estos menores de edad es "un eslogan electoral" y no se puede considerar que represente unas "ideas a prohibir". Además, consideran que "con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces, (los menores extranjeros) representan un evidente problema social y político".

La formación ultraderechista colocó un cartel en la estación de Cercanías de Sol de Madrid durante la campaña hacia las elecciones del 4-M, en la que aseguraba que un menor migrante cobraba 4.700 euros al mes, una cantidad desmentida por la propia Comunidad de Madrid (la cifra de menores extranjeros no acompañados no alcanza ni 300 en una comunidad de más de 7 millones de personas). Frente a él, situaban a una pensionista y el lema "Protege Madrid, vota seguro". El ministerio público denunció el cartel pidiendo la retirada con carácter cautelar.

VOX sitúa a los menores extranjeros no acompañados en la diana, pese a que no alcanzan 300 en una Comunidad de 7 millones de personas
"VOX sitúa a los menores extranjeros no acompañados en la diana, pese a que no alcanzan 300 en una Comunidad de 7 millones de personas"

Los magistrados argumentan que "el cartel también puede interpretarse como un mensaje electoral a un colectivo mucho más numeroso que el de los menas (en referencia a los menores no acompañados) en el que se presenta una crítica gráfica y directa sobre la cuantía de las pensiones en comparación con el sostenimiento de estos jóvenes". Y añade a ello: "Con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces, representan un evidente problema social y político, incluso con consecuencias o efectos en nuestras relaciones internacionales, como resulta notorio".

Los argumentos de la Fiscalía

La Fiscalía, por su parte, denunció el cartel al considerar que pretende "trasladar una imagen prejuicios" porque vincula a los niños con la delincuencia representándolos "embozados y encapuchados". La Audiencia responde que la campaña "se enmarca en el contexto de la legítima lucha ideológica-partidista". Los jueces añaden sobre esta cuestión: "No cabe tildar de delictivas la emisión de ciertas ideas, salvo que su finalidad sea amenazar, injuriar o menospreciar, es decir, que aun suponiendo una crítica, esta es legítima si se expresa de modo que no persiga dichos fines ilícitos".

El caso ya se archivó en abril, cuando una jueza argumentó que los mensajes "no representan la intensidad necesaria para generar un riesgo para estos niños y adolescentes. "Requisito que exige la jurisprudencia para que exista un delito de odio", añadía sobre esta cuestión.

Los jueces se amparan en la libertad de expresión y en el "pluralismo de la sociedad democrática" y ponen como ejemplo la sentencia del caso Zapata, donde se absolvió al concejal tras la denuncia por unos tuits publicados en los que se consideró que humillaba a las víctimas del terrorismo y el Holocausto.

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