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Política

La justicia absuelve a Roger Torrent y al resto de la Mesa del Parlament del delito de desobediencia

La resolución abre un punto de inflexión en la vía para juzgar los delitos de desobediencia, tras precedentes como los protagonizados por Quim Torra.

La justicia absuelve a Roger Torrent y al resto de la Mesa del Parlament del delito de desobediencia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha absuelto al conseller de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña, Roger Torrent, de un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional. Además, también se ha exculpado a los otros tres miembros independentistas de la Mesa (Eusebi Campdepadrós, Adriana Delgado y Josep Costa), juzgados por tramitar en 2019 resoluciones a favor de la autodeterminación y contra la Monarquía.

La sentencia llega a la conclusión de que aquel acto fue una "mera proclama política" y que los miembros de aquella Mesa, en realidad, no tuvieron ninguna intención de materializar realmente la independencia de la región. La resolución ha sido finalmente aprobada por la mayoría del tribunal, con un voto que ha mostrado su discrepancia.

Roger Torrent ha celebrado la sentencia, al considerar que se trata de una "gran noticia para la libertad de expresión y el derecho de iniciativa de los diputados". Además, ha defendido que el Parlament debe ser un espacio con "autonomía" para que sus miembros puedan "hablar de todo lo que interese a la ciudadanía, también sobre autodeterminación y monarquía".

El TSJC dice en su resolución que, si no se atiende a la interpretación "estrictamente literal o formal", indica que "lo que realmente estaba prohibido por el Tribunal Constitucional era continuar el proceso político de independencia" y "querer materializar o ejercer la autodeterminación". Las resoluciones tramitadas por la mesa y aprobadas por el Parlament "sencillamente solo se quería hablar de la autodeterminación como mera proclama política, de futuro, pero sin intención de materializarla".

Además, hay un pronunciamiento sobre la monarquía. El tribunal señala que los acusados tuvieron en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde se afirma que la independencia, forma monárquica y crítica del rey "son cuestiones de interés público" y que "se encuentran amparadas por el derecho a la libertad de expresión".

Desobediencia

En cambio, existe un voto discrepante, un voto particular que ha evidenciado la magistrada Marta Pesqueira, que considera que cuatro de los acusados son responsables de un delito de desobediencia y que fueron debidamente advertidos por el Tribunal Constitucional, algo que el resto de magistrados han descartado en su escrito. La magistrada indica que la conducta de los encausados fue "contumaz, obstinada, recalcitrante y persistente" y ha llegado a pedir para ellos una inhabilitación de entre un año y cuatro meses, hasta un año y ocho meses.

Sin embargo, se trata de un voto discrepante, puesto que la mayoría del tribunal impone su decisión y, con ello, absuelve a los miembros de la Mesa imputados. De esta forma, se marca prácticamente un punto de inflexión en los juicios por delitos de desobediencia, ya que hasta la fecha, se habían impuesto condenas de inhabilitación por delitos de este calibre.

Uno de los casos más sonados fue protagonizado por el expresidente catalán, Quim Torra, por desobedecer a la Junta Electoral y negarse a retirar una pancarta en apoyo a los presos del procés, motivo por el que tuvo que abandonar su cargo.

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