Buscar
Usuario

Política

El informe forense desaconseja que Griñán ingrese en prisión hasta que supere su cáncer

La Fiscalía y el PP tienen tres días para poder valorar el informe médico del condenado por el caso ERE.

El informe forense desaconseja que Griñán ingrese en prisión hasta que supere su cáncer

A falta de que se pronuncie la Audiencia de Sevilla, José Antonio Griñán no entrará a prisión. La forense encargada de examinar al expresidente de la Junta de Andalucía ha determinado que su condición sanitaria afectada por un cáncer de próstata impide que , por el momento, pueda entrar a prisión. Los tratamientos hormonales y de radioterapia que va a recibir, así como las frecuentes revisiones a las que será sometido, han sido los factores determinantes para que se llegue a esa conclusión.

El pasado 22 de diciembre, la Audiencia de Sevilla le otorgó a Griñán un plazo de 10 días para que ingresara al centro penitenciario. En ese momento, su defensa presentó un informe médico pidiendo la suspensión de esa orden, alegando que padecía un cáncer de próstata que debía de ser tratado fuera de la cárcel dada la gravedad del mismo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) encargó a una forense la realización de un informe acerca del estado de salud del ex del PSOE, quién finalmente ha corroborado la versión de la defensa del acusado.

"Aunque la sanidad penintenciaria puede hacer frente a cualquier demanda médica, lo cierto también es que los posibles efectos secundarios en el tratamiento hormonal y de radioterapia, así como las frecuentes revisiones a las que va a ser sometido, parecen poco compatibles con la dinámica carcelaria, esto es, con la vida en prisión", alegaba la forense el informe de la Audiencia Provincial. "No cabe duda de que el diagnóstico de cáncer, por si mismo, en cualquier persona produce un derrumbe de su estructura psíquica y con una incertidumbre enorme respecto al tratamiento y la evolución", añade.

El abogado de Griñán ha pedido a la Junta la suspensión de la ejecución de la pena ateniéndose al artículo 80.4 del Código Penal, en el cual se dispone que tanto jueces como tribunales podrán otorgar una suspensión de cualquier pena si el acusado padece algún tipo de enfermedad grave o incurable. La Sección Primera de la Audiencia ha designado al Instituto de Medicina Legal examinar la documentación elaborada por la forense a fin de determinar si "el ingreso del acusado en el centro penitenciario pudiera influir negativamente en el desarrollo del tratamiento oncológico".

Acusados del caso ERE

El caso de corrupción política desarrollada dentro de la Junta de Andalucía entre 1980 y 2018 por parte del PSOE y UGT, conocido como caso ERE, llega a su fin. De los 21 acusados, 19 han ingresado en prisión, entre los que se encuentran Miguel Chaves (presidente de la Junta entre 1990 y 2009), Magdalena Álvarez (consejera de Economía y Hacienda desde 1994 hasta 2004), Antonio Fernández (consejero de empleo entre 2004 y 2010) y Juan Márquez (director general de Trabajo entre los años 2008 y 2010), entre otros.

A parte de José Antonio Griñán, Agustín Barberá se ha librado de entrar a prisión. El exviceconsejero de Empleo fue condenado a una pena de siete años e inhabilitación absoluta durante 18 años y un día por delitos de prevaricación y malversación. Su defensa, al igual que la de Griñán, presentaría un informe médico al TSJA en el que se mostraba que Barberá padecía un cáncer que debe de ser tratado fuera del centro penitenciario para su correcto desarrollo médico.

A expensas de la resolución por parte de la Audiencia Provincial, el ex del PSOE no ingresará, por el momento, a prisión. La Fiscalía y el PP tienen tres días para pronunciarse al respecto.

Artículos recomendados

Artículos relacionados
Contenidos que te pueden interesar