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Estos son los grupos de pensionistas que pueden pedir la ayuda de 108 euros

La ayuda se recibe como un complemento de la pensión pública y se plantea, en principio, como una ayuda para romper la brecha de género.

Estos son los grupos de pensionistas que pueden pedir la ayuda de 108 euros

Redacción

24 Julio 2022 17:47

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha centrado su objetivo en la necesidad de ayudar a los padres que se ven influenciados en su vida profesional por el cuidado de sus hijos. Las mujeres son quienes se ven especialmente afectadas, ya que suelen sufrir especialmente este impacto por el embarazo, el parto y los meses posteriores.

Se trata de la brecha de género, que se quiere combatir mediante un complemento de las pensiones vinculado a la maternidad y la paternidad, destinado a aquellas personas que han visto su carrera profesional afectada por el cuidado de los hijos. Se puede solicitar junto a las pensiones de jubilación, viudedad e incapacidad.

¿A quién se concede?

Se trata de una ayuda extra que se extiende desde los 27 a los 108 euros mensuales y solo se concede a uno de los progenitores, aunque está especialmente destinado preferentemente a la madres porque son quienes suelen sufrir más las consecuencias del cuidado de los hijos. Pero también pueden solicitarlo los padres siempre y cuando se hayan visto perjudicados en su carrera profesional.

Si ninguno de los padres se hubiese visto perjudicado por períodos sin cotizar o reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre. En caso de ser dos mujeres, se adjudicarán a aquella que tenga una pensión con importe inferior. Los hijos deben estar inscritos en el Registro Civil para poder cobrar la ayuda.

¿Cuándo se niega?

Hay algunos casos en los que se niega la ayuda. Si, por ejemplo, los progenitores han sido privados de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.

Además, tampoco se reconocerá el derecho al complemento al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer ejercida sobre la madre, ni al padre o la madre si han sido condenados por ejercer violencia contra los hijos o las hijas.

Cuantía de las ayudas

Esta ayuda se compone de un complemento de la pensión y parte de un importe fijo de 378 euros al año por hijo hasta un máximo de cuatro hijos. Una mujer con un hijo contará con 27 euros al mes en su pensión, con dos hijos serán 54 euros más al mes, hasta el máximo de 108 euros mensuales con cuatro o más hijos. Se trata de un importe que se abona en 14 pagas. El acceso se tramita junto a la solicitud de la pensión en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Compatibilidad con pensiones

La ayuda se actualizará proporcionalmente a la revalorización de las pensiones y se puede recibir, aunque sus beneficiarios tengan derecho a la pensión máxima. Se puede acceder a este complemento si se disfruta de una pensión contributiva, de incapacidad permanente, viudedad o jubilación (anticipada o no), reconocida a partir del 4 de febrero de 2021, pero no para la jubilación parcial, aunque se tendrá derecho al complemento cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena una vez se cumpla la edad que corresponda en cada caso.

Además, pueden solicitar este complemento de maternidad y paternidad las madres y padres de pequeños adaptados, así como familias con dos padres siempre y cuando se cumplan los requisitos, adjudicándose a la persona que reciba pensiones públicas de menor cuantía.

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