Buscar
Usuario
Es falso que Irene Montero vaya a cobrar una pensión vitalicia tras ser ministra

Tras la llegada de Pedro Sánchez al Gobierno, junto a sus ministros, se ha dado a conocer la sustitución de Irene Montero como ministra de Igualdad por Ana Redondo. Después de que esto se anunciara desde la Moncloa, la cuenta de El Puntual 24H en X (Twitter) anunció el pasado 22 de noviembre: "#URGENTE Irene Montero ANUNCIA su jubilación cobrando 70.000€/año por pensión Vitalicia tras ser Ministra del Gobierno de España".

Sin embargo, esta noticia es falsa, ya que ni ella ni ningún ministro tiene derecho a una pensión vitalicia, en contra de lo que cuentan los mensajes. La Ley 74/1980, de 29 de diciembre limita a dos años el cobro de la indemnización a exministros, indemnización equivalente al 80% del sueldo que percibieran.

Qué dice la ley al respecto

La Ley 74/1980, de 29 de diciembre concreta, en su artículo 10.5 Primera, que todos los que se encuentren en el cargo de ministro tendrán derecho a recibir, a partir de 1981 y el mes siguiente a su cese, "y durante un plazo igual al que hubiera desempeñado el cargo, sin que puedan percibirse más de veinticuatro mensualidades una pensión de indemnización mensual" equivalente al 80% del total de sus retribuciones.

Teniendo en cuenta que el sueldo de la exministra fue de 79.415,16 euros brutos anuales, la indemnización máxima se quedaría en unos 63.532 euros brutos repartidos hasta en 24 mensualidades (dos año). Sin embargo, la indemnización no se recibe de forma automática: tiene que solicitarla a la Oficina de Conflicto de Intereses (OCI).

Además, esta compensación es incompatible con cualquier otro sueldo público o privado. Así figura en la ley que regula el ejercicio de los altos cargos. También es incompatible con la percepción de la pensión de jubilación.

Según declara la OCI a Newtral.es, los exministros tienen 15 días para solicitar la compensación desde que surja una posible situación de incompatibilidad. "Eso quiere decir que si tuvieran otra actividad pública o privada, tendrían ese plazo de 15 días. Si no la tienen, el plazo puede ser superior sin problema", explica.

Por otro lado, los exministros no son los únicos que pueden solicitar esta pensión. Los expresidentes tienen derecho a una dotación para "gastos de oficina" que sale de los Presupuestos Generales del Estado, sin fecha de caducidad específica, según el actual Estatuto de los expresidentes del Gobierno. Esto incluye dos funcionarios destinados a su propuesta, un automóvil de representación con conductores de la Administración del Estado y los servicios de seguridad que las autoridades del Ministerio del Interior consideren necesario.

En definitiva, es falso que Irene Montero vaya a cobrar una "pensión vitalicia", sino que podrá solicitar una indemnización que ascendería a 63.532 euros brutos anuales hasta un máximo de dos años, eso sí, incompatible con cualquier otro sueldo.

Artículos recomendados

Artículos relacionados
Contenidos que te pueden interesar