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Política

Un edil de Podemos se 'autoanula' una multa de tráfico de 400 euros

La multa impuesta al concejal encargado de gestionar las sanciones de tráfico contenía varios errores y finalmente fue desechada.

El concejal de Medio Ambiente, Convivencia e Informática de Santiago de Compostela, Xan Duro, ha conseguido autoanularse una multa de tráfico de 400 euros alegando "falta de datos esenciales". La justificación, que señalaba problemas con la identificación del infractor, es decir, la persona que dirigía la concejalía encargada del asunto.

Finalmente, su nombre terminó camuflado, misteriosamente, en mitad de una lista de tres personas a las que Tráfico no consiguió localizar con datos sólidos y terminó dando carpetazo a sus expedientes, tal y como señala El Correo Gallego.

Ahora, en mitad de la polémica, el Consistorio asegura que todo se trató de un simple error administrativo, aunque llama la atención que el beneficiado sea la persona que dirige la cartera responsable de esta multa.

La multa de tráfico contra Xan Duro fue retirada por varios errores administrativos
"La multa de tráfico contra Xan Duro fue retirada por varios errores administrativos"

El Ayuntamiento, además, aprovechó para culpar a la empresa que gestiona las sanciones de Tráfico que, posteriormente, firmó un documento en el que reconoció el fallo y que fue remitida a la redacción del citado medio.

"Visto el expediente, hemos detectado la existencia de un error. Efectivamente figura el nombre de Xan Duro, pero el expediente al que hace referencia, la matrícula y el DNI corresponden a otra persona. La empresa que gestiona las sanciones reconoce el error. No existe ningún expediente sancionador a Xan Duro", asegura el Ayuntamiento sobre el descuido.

La versión de la empresa le libra de un delito de prevaricación

La empresa que gestiona el sistema de multas ha reconocido que todo se trata de un error por lo que, a priori, el asunto no debería contar con mayor recorrido, a pesar de las peculiaridades que entraña.

El Código Penal castiga en su artículo 404 "a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años".

En este caso no se da esta circunstancia, ya que el comunicado firmado por la empresa le exculpa de este delito.

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