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Aumentan en Cataluña las cláusulas para prohibir por contrato colgar banderas en las fachadas

La tensión y conflicto político en Cataluña está llegando afectar a los contratos de alquiler de viviendas a la hora de colgar símbolos y banderas.

Aumentan en Cataluña las cláusulas para prohibir por contrato colgar banderas en las fachadas

El clima político y social en Cataluña no está ni mucho menos tranquilo, y eso está afectando incluso en la manera que se redactan los contratos de alquiler de viviendas, según publica El Mundo. Se ha puesto todo tan serio que en muchos ya existe una cláusula que prohíbe a los inquilinos colgar banderas o cualquier otro símbolo político en el exterior de la vivienda: balcones, ventanas y fachadas.

Esta cláusula cada vez es más habitual entre las comunidades de propietarios como medida disuasoria para evitar posibles conflictos entre residentes, según reconoce el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona-Lleida. Este requisito suele prohibir de manera categórica "poner cualquier símbolo político, religioso, cultural o deportivo en la fachada".

Aumento de las intervenciones

Prohibido colgar banderas en Cataluña
"Prohibido colgar banderas en Cataluña"

Una medida drástica que a muchos les molesta porque dicen que es un ataque contra la libertad de expresión. Sin embargo, Josep María Aguilá, explica a El Mundo que esto "no coartan la libertad de expresión, sino que regulan la convivencia entre vecinos". El asesor jurídico del Colegio reconoce que con los acontecimientos independentistas han aumentado "las peticiones para intervenir por este tipo de símbolos" y que esto podía ir a más cuando se dicte sentencia en el juicio del procés.

Aguilá explica que "cada uno puede decidir lo que quiera en el interior de sus viviendas", pero en las cuestiones de fachada "se precisa de la autorización de la comunidad para hacer modificaciones en la misma", asevera. El asesor jurídico dice que, si el 80% de los propietarios aceptan esa medida, se llevará a cabo y se notificará a todos los inquilinos. Sin embargo, esta cláusula, sólo afecta a banderas o símbolos que se mantengan con cierta "perpetuidad" y no algo puntual, como dice el asesor.

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