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El Constitucional avala que se pueda pagar una deuda con sexo oral

El Alto Tribunal no entra en el fondo del asunto al entender que no tiene importancia constitucional suficiente.

El Constitucional avala que se pueda pagar una deuda con sexo oral

Redacción

03 Enero 2022 17:05

El Tribunal Constitucional ha avalado que se pueda pagar una deuda a cambio de felaciones. Así lo ha considerado tras avalar la resolución de la Audiencia de Palma, que no vio delito en una deuda entre dos adultos que se saldó mediante relaciones sexuales. "No tiene importancia constitucional suficiente", se ha referido el Alto Tribunal sobre si es legal o no pagar una deuda con sexo oral.

La reclamación al Tribunal Constitucional se produjo tras la resolución de la Sección 2 de la Audiencia de Palma, presidida por Diego Gómez-Reino, que dictó que pagar una deuda contraída de forma voluntaria con felaciones o "convertirse en la xiribeva (prostituta)" del acreedor mientras se liquidaba el préstamo no es constitutivo de delito y por eso desestimó el recurso de apelación interpuesto por la víctima.

Los hechos

Los hechos por los que la víctima denunció a su acreedor se remontan a septiembre de 2019 cuando la mujer, mallorquina de 38 años, se encontraba en una complicada situación financiera y pidió dinero prestado al hermano de su expareja, de 58 años.

Este le ingresó 15.000 euros, que según el testimonio de la denunciante "se irían devolviendo poco a poco, cuando se pudiera". Sin embargo, y según explicó la mujer, a los pocos días del préstamo su excuñado le pidió dos o tres "biberones" (felaciones) a la semana a cambio del favor que le había hecho.

Ambas personas se reunieron en cinco ocasiones para, después de charlar, tener relaciones sexuales en el coche de él, hasta que la mujer reconoció sentirse amenazada por su excuñado y al cabo de un tiempo contó la situación a su madre y un amigo. La denuncia reflejó varias frases intimidatorias como "mientras dure la deuda conmigo me harás de xiribeva (puta)" o "Yo soy muy radical. Yo tanto puedo ser agresivo como vengativo. ¿Eres consciente de lo que te acabo de decir? No tengo muchas piedades el día que me pongo en plan de combate".

El denunciado, al enterarse de que lo había contado, aumentó el número de llamadas y mensajes de acoso, tal y como consta en la denuncia presentada ante la Policía Nacional. El 3 de enero de 2020, la denunciante recibió una carta certificada remitida por su excuñado con tres hojas manuscritas vejando a la mujer y advirtiéndola de que debía cumplir o la denunciaría.

Los abogados de la víctima reclamaron la incoación de un delito de abusos sexuales, mientras que el juez instructor lo dejaba en coacciones graves y la Fiscalía entendía que eran leves. Sin embargo, la Audiencia de Palma desestimó el caso porque entendía que había consentimiento libre, lo que impulsó a la denunciante a presentar un recurso de inconstitucionalidad.

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