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La Audiencia de Navarra rechaza reducir penas por agresión sexual si entran en la ley del 'solo sí es sí'

La Audiencia estima que hasta que se pronuncie el Supremo no se tocarán las penas siempre que entren en las horquillas de la actual norma.

La Audiencia de Navarra rechaza reducir penas por agresión sexual si entran en la ley del 'solo sí es sí'

La Audiencia Provincial de Navarra no rebajará de oficio las condenas impuestas por delitos sexuales ante la polémica surgida por la aplicación de la reforma penal, conocida como la ley del 'solo sí es sí'. Se trata de una decisión especialmente relevante, puesto que fue precisamente en Pamplona donde ocurrió la violación grupal de los Sanfermines de 2016 a una joven por parte de un grupo de hombres que se hacían llamar 'La Manada'.

Estos hechos motivaron el endurecimiento de las penas y regular el consentimiento femenino. Precisamente, uno de los encausados por esta violación, Ángel Boza, había pedido reducir su pena de 15 años de prisión hasta los 13 años y 9 meses.

Las dos secciones de lo penal de la Audiencia Provincial han estimado que si las penas que fueron impuestas en su día en éste y en todos los casos "pueden ser imponibles" con las horquillas del actual marco se darán por no revocables. Se dará de esta forma "hasta que no se pronuncie el Tribunal Supremo, estableciendo doctrina jurisprudencia en relación con la aplicación de la ley orgánica 10/2022", según explican fuentes judiciales y publica El Diario.

La justicia navarra solo revisará las penas en casos donde las penas sea superior o más grave que la máxima contemplada por la nueva ley órganica para los delitos. Además, también se contempla para aquellos casos en los que la pena fue impuesta cuando sea superior o más grave que la pena máxima conforma a la nueva Ley Orgánica para el citado delito.

De esta forma, los magistrados navarros creen que no habrá una revisión de condenas a la baja con esta nueva reforma legislativa, de forma que se adopta un criterio que afecta a un caso especialmente sensible y que provocó una conciencia social en relación al consentimiento femenino en todo el país.

Diferentes criterios en España

La postura navarra difiere a la adoptada en otros territorios. Mientras que en esta comunidad se ha optado por no rebajar las penas a los delincuentes sexuales, la Audiencia Provincial de Madrid ha decidido la semana pasada que sí optará por revisar a la baja las condenas.

La mayoría de las secciones penales de la Audiencia Provincial votaron a favor de seguir aplicando la norma penal más favorable para los condenados, frente a aquellos que defendían aplicar las disposiciones transitorias del Código Penal que impiden rebajar una condena retroactivamente si también es imposible imponerla con las leyes nuevas. Se trata de una decisión que fue aprobada con 32 votos a favor, ocho en contra y nueve abstenciones.

La Fiscalía General del Estado emitió un decreto el pasado día 21 sobre el criterio que deberían seguir los fiscales en este tipo de casos. Se trata de una instrucción que establece, como ha hecho ahora la Audiencia de Navarra, que no se revisarán las condenas cuando la pena sea susceptible de ser impuesta con la nueva ley. De esta forma, la revisión solo procederá cuando la condena exceda a la que debería imponerse en aplicación de la reforma.

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