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Archivan el caso de la trabajadora de Iveco que se suicidó por difundirse un vídeo sexual

La mujer de 32 años se suicidó después de que un vídeo sexual suyo se difundiera entre más de 2.500 compañeros hasta llegar a su familia.

Archivan el caso de la trabajadora de Iveco que se suicidó por difundirse un vídeo sexual

Redacción

26 Mayo 2020 15:14

En mayo de 2019, Verónica, una trabajadora de la fábrica de camiones de Pegaso-Iveco de de San Fernando de Henares, en Madrid, decidió suicidarse debido a la difusión masiva por parte de sus compañeros de empresa de un video privado de contenido sexual del que ella era protagonista. La grabación, que tenía cinco años de antigüedad, corrió como la pólvora entre los 2.500 trabajadores e incluso fue enviada a su marido.

Verónica puso el suceso en conocimiento de la empresa, que solo la invitó adenunciar pero no tomó ninguna medida. Fianalmente, la presión sufrida y la llegada del vídeo a su familia fue la gota que colmó el vaso desembocando en un terrible desenlace. Verónica, con 32 años, decidió poner fin a su vida ahorcándose. Tenía dos hijos pequeños.

Un año después,el Juzgado de Instrucción número 5 de Alcalá de Henares ha archivado las diligencias abiertas para investigar el origen de la difusión del vídeo sexual que empujó a Verónica hacia el suicidio. El archivo se produce por "falta de autor conocido" del delito de descubrimiento y revelación de secretos investigado, según han informado fuentes jurídicas.

El vídeo sexual se difundió entre más de 2.500 trabajadores de Iveco
"El vídeo sexual se difundió entre más de 2.500 trabajadores de Iveco"

La jueza Ana María Gallegos se hizo cargo del caso tras recibir el atestado policial del suicidio, que investigó si fue una antigua pareja de la fallecida o ella misma por un error la que propagó por primera vez esas imágenes íntimas. Los agentes analizaron el vídeo que se filtró, comprobaron quiénes lo compartieron y si la mujer pudo sufrir acoso por este motivo por parte de algunas personas de la empresa donde trabajaba.

Lo que dice el Código Penal

A raíz del caso de Olvido Hormigos, la reforma del Código Penal de 2015 estableció una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses al que, "sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona".

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