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La Justicia absuelve al doctor Vela, aunque declara probado que robó una bebé

La Justicia se ampara en la prescripción de los delitos, aunque cabe recurso.

La primera sentencia por el caso de los bebés robados ha sido absolutoria. La Audiencia Provincial de Madrid exime a Eduardo Vela, evitará la pena por prescripción de los delitos.

Eduardo Vela Vela estaba acusado por la Fiscalía como el máximo responsable del robo de una bebé, Inés Madrigal, en el sanatorio San Ramón de Madrid. Según la sentencia, queda acreditado que aquel suceso se produjo durante el verano de 1969.

El doctor Vela, durante su primera comparecencia ante la Justicia por el caso de los bebés robados
"El doctor Vela, durante su primera comparecencia ante la Justicia por el caso de los bebés robados"

En este sentido, las juezas declaran probado que Vela fue responsabe de la entrega de "una niña de pocos días de edad fuera de los cauces legales, simulando la existencia de un parto que no se había producido y estableciendo una filiación falaz, y todo ello sin que conste que hubiera mediado consentimiento ni tan siquiera conocimiento por parte de los progenitores del recién nacido, siendo el acusado la persona que hizo la certificación falaz acerca del supuesto parto de Inés Pérez Pérez, a sabiendas de que tal hecho no era cierto".

La Fiscalía ya había cerrado el juicio el pasado mes de septiembre solicitando una condena de 11 años de prisión por los delitos de suposición de parto, falsedad documental y detención ilegal.

"Yo no he entregado ninguna niña a nadie"

El doctor Vela se enfrentó al juicio con varias ausencias debido a alguna hospitalización. En aquel proceso ha contado con el testimonio de su mujer, la denunciante Inés Madrigal, una conocida del matrimonio, un policía y dos periodistas francesas.

En este caso, el acusado negó los hechos y, con la voz quebrada, llegó a afirmar que no había entregado "ninguna niña a nadie". La Audiencia Provincial declaró, en diciembre de 2016, que el caso no se podía archivar porque los delitos que habían prescrito no habían prescrito.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida por la Fiscalía y la acusación particular ante el Tribunal Supremo.

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