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Ciencia

Más de 2.000 personas criogenizadas en el mundo esperan volver a la vida

La mayoría de la comunidad científica se muestra escéptica con este procedimiento que aún no tiene aprobación médica y que cuesta una fortuna.

Para ser criogenizado hacen falta dos requisitos imprescindibles: tener mucha fe y mucho dinero. En la actualidad, se estima que más de 2.000 personas en todo el mundo, entre los que se encuentra algún español, esperan volver a la vida en unos cuantos años. La criogenización es un proceso por el que la persona, una vez declarada fallecida, es preservada en depósitos a temperaturas inferiores a los 130 grados. En este estado de congelación, estos individuos esperan a que los avances futuros de la biomédicina consigan devolverlos a la vida. 

Estas 2.000 personas firman un contrato por el que la empresa criónica conserva su cuerpo inerte en un baño de nitrógeno líquido y sustituye su sangre por compuestos anticongelantes. Según un artículo de El Mundo, por este procedimiento se puede llegar a pagar unos 155.000 euros. 

El proceso comienza cuando el corazón de la persona ha dejado de latir y el cuerpo entra en estado de isquemia, es decir, la circulación sanguínea se detiene y se deja de aportar oxígeno y nutrientes. Los daños provocados en este lapso temporal en los que se realiza la operación y la toxicidad de algunos conservantes son los principales argumentos que esgrimen los contrarios a la viabilidad de este proceso científico. 

Una simulación de cabinas de criogenización
"Una simulación de cabinas de criogenización"

Un debate ético y jurídico

Aunque el proceso de descongelación aún no es posible, los avances científicos que se avecinan en las próximas décadas exigen replantear las cuestiones sociales y éticas que supondrían despertar a una persona después de morir. 

El catedrático de Derecho Civil y abogado Francisco Lledó encuentra "muchas lagunas" legales en la custodia del cuerpo en los contratos de criogenización firmados en Estados Unidos, el país que junto a Rusia acoge a las mayores empresas criónicas. Por nuestra parte, en España, el decreto a seguir en estos casos data de 1974, por el que el simple traslado del cuerpo a una cámara de conservación requeriría un milagro burocrático. 

"A día de hoy la criogenización en España no está prohibida, pero no existe regulación legal específica", explica Lledó. Esto implica que el resucitad,o para la administración pública, estaría oficialmente muerto, por lo que no tendría ni nombre, ni apellidos, ni siquiera nacionalidad. Además, el indivíduo tendría también problemas de dinero, pues la falta de un estatus jurídico le prohíbe recuperar ningún bien o derecho que poseía antes de fallecer. 

Desde luego, antes de proceder a firmar un contrato criónico, además de haber ahorrado una buena cantidad de dinero, habría que plantearse una serie de cuestiones e implicaciones éticas que van más allá de su viabilidad científica. 

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