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Condenado en Madrid a dos años y medio de cárcel un maltratador por espiar el móvil de su novia

La pena contempla, además, nueve meses de prisión por el puñetazo que dio a su pareja cuando le exigió que le devolviera el terminal.

Condenado en Madrid a dos años y medio de cárcel un maltratador por espiar el móvil de su novia

Un hombre ha sido condenado en Madrid a dos años y medio de prisión por espiar el teléfono móvil y los mensajes de WhatsApp de su pareja mientras dormía, por un delito de revelación de secretos. Además, se le ha impuesto una pena de nueve meses de prisión por el puñetazo que propinó a su víctima cuando ella le exigió la devolución del terminal. Si finalmente se declara firme la condena, el acusado tendrá que entrar en prisión.

Los hechos ocurrieron en junio de 2018, según la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que publica El Diario. El acusado aprovechó que su pareja se había quedado dormida con el teléfono en la cama para coger el terminal y leer todos los mensajes que se había intercambiado con su expareja.

Poco después, la mujer se despertó y, al ser consciente de lo que estaba ocurriendo, le exigió que le devolviera el terminal. Fue en ese momento cuando el acusado le propinó un puñetazo en el ojo, motivo por el que se impone una condena de nueve meses de cárcel.

La víctima se había acogido a la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite no declarar contra un pariente. Sin embargo, los jueces tenían más detalles para imponer su condena: la declaración del hijo de ambos, que vio la agresión, la del policía que atendió a la mujer y el propio acusado, que reconoció haber espiado el teléfono de su pareja. El caso podría haber terminado en absolución, puesto que los magistrados reconocen que la declaración del acusado reconociendo los hechos fue fundamental.

Con todo, finalmente se impone una pena de 3 años, 3 meses y 2 días de prisión, además de una orden de alejamiento. Todavía no es firme, pero si se ratifica, el acusado entrará en prisión. La pena se divide en 2 años y medio por espiar el teléfono y 9 meses por el puñetazo.

Rechazo del recurso

La Audiencia de Madrid ha rechazado su recurso, con el apoyo de la Fiscalía y ha confirmado la condena impuesta por el juzgado de lo penal 36 de la capital. Los magistrados reconocen que la condena por revelación de secretos se sustenta en la única prueba disponible: la propia confesión del acusado. En el caso de la agresión, los magistrados de la sección 26º explican que la declaración del menor, expuesta en el juicio como prueba reconstituida, así como la del policía, son suficientes para demostrar el puñetazo, aunque la víctima se haya acogido a la dispensa.

Sobre el móvil, el hombre había asegurado que cogió el terminal cuando se encontraba en la cama y que estaba desbloqueado. En ese momento presenció una conversación de la mujer con su expareja en la que hablaba de "amoríos" en el pasado. El juzgado se muestra contundente con estos hechos: "Se apoderó del teléfono móvil de su pareja, naturalmente sin su consentimiento y vulneró su intimidad, No existiendo justificación alguna para ello".

La sentencia indica que "era consciente de que no contaba con consentimiento de su pareja para ver el contenido de sus conversaciones, puesto que estaba dormida, admitiendo que no le dio permiso por esa circunstancia, y ello no obstante con plena consciencia y voluntad de vulnerar su intimidad, accedió a una conversación de aquella con una persona con la que ella había mantenido una relación sentimental, no devolviéndole el móvil hasta el día siguiente porque, según declaró, también quería enseñárselo a su cuñado".

Los jueces también reprochan la estrategia de defensa del abogado del encausado, puesto que si se hubiera acogido a su derecho a no declarar, podría haber resultado absuelto: "El acusado no ha dispuesto tal vez de una defensa adecuada, ya que lejos de aconsejarle hacer uso de su derecho a guardar silencio, lo que hubiera impedido hacer uso de sus declaraciones en fase de instrucción, permitió que se auto inculpara de un delito, cuya pena, dada su extensión, conllevará su ingreso en prisión".

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